Ficha autonómica Verificado 2026-09-24 Tipo bajo

ITP en Canarias.
Tipo general 6,5 % · 2026.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales aplicable a la compraventa de vivienda usada en Canarias. Tipo general 6,5 %, tipo bonificado hasta 1 %, gestión por Agencia Tributaria Canaria.

Tipo general

6,5 %

Tipo bonificado

5 % · 1 % · 0 %

Boletín oficial

BOC

Canarias · Tipo ITP general 6.5 %

Peculiaridades del ITP en Canarias

Canarias grava la compraventa de vivienda usada al 6,5 %, uno de los tipos generales más bajos del régimen común, y tiene además la escalera de tipos reducidos más baja de España. El primer peldaño no depende de la edad, contra lo que repiten muchas guías: cualquier persona que compra su vivienda habitual paga el 5 % si la base, con garajes y anexos del mismo edificio, no pasa de 200.000 € y no es dueña de otra vivienda, o la vende en escritura en los dos años siguientes (art. 31.1.a del Decreto Legislativo 1/2009). Sobre 180.000 € son 9.000 € en lugar de 11.700 €.

El segundo peldaño es el 1 % para tres colectivos con límite de renta: las familias numerosas cuyas bases del IRPF no sumen más de 46.455 €, ampliables en 18.200 € por cada hijo por encima del mínimo; las familias monoparentales, con el mismo límite ampliado en 6.825 € por persona; y las personas con discapacidad igual o superior al 65 % (arts. 32, 33 y 33 bis). El tercero es el 0 % para la vivienda protegida que vaya a ser la primera vivienda habitual (art. 34). La Ley 9/2025 actualizó en 2026 los umbrales de renta de estos artículos.

El ITP canario no tiene un beneficio propio para quien compra para rehabilitar, aunque la comunidad sí deduce en el IRPF las obras de adecuación de la vivienda por discapacidad. La autoliquidación se presenta ante la Agencia Tributaria Canaria.

Régimen de tipo bajo: presión fiscal reducida como política de competitividad

Madrid, Canarias, La Rioja y Andalucía tienen los tipos generales más bajos del régimen común: el 6 % en Madrid, el 6,5 % en Canarias y el 7 % en La Rioja y Andalucía. Sobre una vivienda usada de 200.000 € eso supone entre 12.000 y 14.000 € de impuesto, frente a los 18.000 € de una comunidad al 9 %. Encima de ese tipo bajo, cada una añade rebajas para colectivos concretos con requisitos que no coinciden: la edad del joven comprador va de los 35 a los 40 años según la comunidad, unas ponen tope al valor de la vivienda y otras a la renta, y algunas premian además la compra en municipios pequeños. Por eso la ficha de cada comunidad detalla el artículo exacto de cada beneficio. Para la reforma posterior a la compra, conviene revisar también las deducciones autonómicas del IRPF, que en varias de estas comunidades se suman a la estatal por mejora energética.

Bonificaciones aplicables en Canarias

Perfil Tipo aplicable Condición
Vivienda habitual de hasta 200.000 € (cualquier edad) 5 % Base imponible, con garajes y anexos del mismo edificio, no superior a 200.000 €; el comprador no puede tener otra vivienda en propiedad, nuda propiedad o usufructo, o debe venderla en escritura en dos años (art. 31.1.a)
Familia numerosa 1 % Suma de bases imponibles del IRPF de la familia no superior a 46.455 €, más 18.200 € por cada hijo por encima del mínimo legal (art. 32)
Familia monoparental 1 % Suma de bases del IRPF no superior a 46.455 €, más 6.825 € por cada persona que dé derecho al mínimo familiar (art. 33 bis)
Discapacidad igual o superior al 65 % 1 % Del comprador o de alguien por quien aplique el mínimo familiar, con límite de bases del IRPF (art. 33)
Vivienda protegida 0 % Vivienda protegida de promoción pública o privada que vaya a ser la primera vivienda habitual (art. 34)
Boletín oficial · cita verbatim
El tipo de gravamen para las transmisiones de bienes inmuebles, así como la constitución y la cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, excepto los derechos reales de garantía, será el 6 por 100. Las Comunidades Autónomas podrán fijar otro tipo conforme a lo previsto en la Ley de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas.
Art. 11.1.a) · Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados · BOE núm. 251 de 20 de octubre de 1993

Cadena fiscal óptima: ITP bonificado + deducciones IRPF posteriores

Para compradores que combinan adquisición de vivienda usada con rehabilitación profunda inmediata, la articulación fiscal óptima en Canarias sigue esta cadena:

  1. Verificar antes de firmar si el perfil del comprador encaja en alguna de las bonificaciones del ITP (joven con renta moderada, familia numerosa, persona con discapacidad, primera vivienda, etc.). Sobre el precio típico de vivienda en Canarias, una bonificación de 2-4 puntos puede suponer 5.000-15.000 € de ahorro fiscal.
  2. Comprobar el estado de las ayudas Next Generation: las convocatorias del RD 853/2021 cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026. Si tienes un expediente concedido ante Agencia Tributaria Canaria, respeta sus plazos de ejecución y justificación.
  3. Tramitar la licencia de obra en Canarias o presentar declaración responsable según el alcance de la actuación.
  4. Aplicar la deducción del IRPF estatal del RD-Ley 19/2021 (20-60 % según mejora acreditada) en la declaración del ejercicio en que se paga la obra.
  5. Aplicar la deducción autonómica IRPF en Canarias si está vigente para reforma de vivienda habitual.

Combinadas correctamente, las líneas vigentes (ITP bonificado + deducción IRPF estatal + deducción autonómica) reducen de forma sustancial el coste fiscal efectivo de adquisición + rehabilitación profunda. Cuando además existe una ayuda Next Generation concedida antes del cierre de convocatorias, el paquete completo llegaba a dejar ese coste en el 30-45 % del bruto en muchos perfiles.

Términos del glosario relevantes en ITP Canarias

Conceptos fiscales clave para la operación de compraventa de vivienda usada, con definición ampliada en el glosario y fuentes oficiales.

Reformar en Canarias: el expediente completo

El impuesto de transmisiones es el primer coste de una compra para reformar. Estas son las demás fichas de Canarias, con lo que viene después de firmar.

Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Estas son las fichas de las capitales de Canarias:

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el ITP en una compra de vivienda en Canarias?

Lo paga el comprador, ante Agencia Tributaria Canaria. En el régimen común la liquidación se presenta con el modelo 600 en los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura; en el País Vasco y Navarra, con el modelo y en el plazo que fija cada Hacienda foral. Sin la liquidación previa del ITP, el Registro de la Propiedad no inscribe la transmisión.

¿Sobre qué valor se calcula el ITP?

Sobre el valor declarado en la escritura de compraventa, salvo que la administración considere que ese valor es inferior al valor real de mercado. En ese caso puede aplicar valores de referencia publicados (índices oficiales del Catastro, valores de mercado por zona) y exigir liquidación complementaria por la diferencia. Las administraciones autonómicas mantienen herramientas online para consultar el valor mínimo aceptado por el Catastro antes de firmar la escritura.

¿El ITP excluye al IVA?

Sí, ambos son excluyentes. ITP aplica a transmisiones entre particulares (vivienda usada). IVA aplica a transmisiones de promotor a particular (vivienda nueva, primera transmisión) con tipo del 10 % en vivienda habitual + AJD del 1-1,5 % según CCAA. Para vivienda usada con reforma profunda inmediata, lo más habitual es comprar usada con ITP y luego invertir en la rehabilitación, lo que abre el acceso a las deducciones IRPF estatal y autonómicas por mejora energética acreditada.

¿Las bonificaciones del ITP se acumulan a las deducciones IRPF?

Sí. La bonificación del ITP es una reducción del tipo aplicable al impuesto de transmisión, mientras que las deducciones del IRPF (estatal del RD-Ley 19/2021 + autonómica si aplica) son reducciones de la cuota del IRPF por inversión en rehabilitación posterior a la compra. Son tributos distintos con bases de cálculo distintas; la bonificación del ITP en compra + deducción IRPF en rehabilitación posterior es la cadena fiscal óptima cuando ambas aplican simultáneamente.

¿Qué peculiaridad fiscal define el ITP en Canarias?

El tipo general es el 6,5 % (art. 31 del Decreto Legislativo 1/2009). Cualquier comprador, sin límite de edad, paga el 5 % por su vivienda habitual si la base no supera 200.000 € con garajes y anexos y no tiene otra vivienda, o la vende en dos años. Las familias numerosas, las monoparentales y las personas con discapacidad igual o superior al 65 % tributan al 1 % con límites de renta (arts. 32, 33 y 33 bis), y la vivienda protegida que vaya a ser la primera vivienda habitual, al 0 % (art. 34).