Presupuesto PRTR vivienda 2021-2026
6.820 M €
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia europeo destinado a rehabilitación residencial en España. Distribuido en seis programas con plazo de ejecución hasta el 30 de junio de 2026.
Qué son los programas Next Generation
Los programas de rehabilitación residencial Next Generation son la canalización española de los fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) hacia la vivienda. Están regulados por el Real Decreto 853/2021, publicado en el BOE núm. 239 del 6 de octubre de 2021, dentro del bloque de medidas que implementan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). El reparto presupuestario asignó 6.820 millones de euros al ámbito de vivienda, distribuidos entre seis programas distintos numerados del 1 al 6, cada uno orientado a un tipo de actuación específico.
De los seis programas, cuatro afectan directamente a obras de rehabilitación en vivienda particular o en comunidades de propietarios: Programa 1 (zonas residenciales completas declaradas Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada), Programa 3 (rehabilitación a nivel de edificio), Programa 4 (mejora de la eficiencia energética en vivienda individual) y Programa 5 (Libro del Edificio Existente para la rehabilitación). Los Programas 2 y 6 tienen un perfil distinto: el 2 va dirigido a oficinas de rehabilitación y el 6 a programas de ayuda a la construcción de vivienda en alquiler social.
La gestión administrativa la asumen las comunidades autónomas con convocatoria propia, organismo gestor específico, formulario diferenciado y dotación presupuestaria territorial. Eso explica por qué un único texto nacional no resuelve la decisión: el cómo, el cuándo y el dónde varían sensiblemente entre territorios. Para el detalle por comunidad autónoma, en ayudas por CCAA tenemos las 17 fichas diferenciadas con datos verificados.
Programa 1 — Actuaciones a nivel de barrio
Es el programa de mayor escala y, paradójicamente, el más opaco para el ciudadano individual. Subvenciona la rehabilitación coordinada de un conjunto residencial completo —barrio, ámbito urbano declarado por la comunidad autónoma como ERRP (Entorno Residencial de Rehabilitación Programada)— y suele liderarlo el ayuntamiento o un agente urbanizador, no el propietario individual. La cuantía puede llegar al 80 % del coste pero las condiciones de elegibilidad incluyen mejora energética acreditada de todo el ámbito, plan integral con cronograma común y participación vinculante de los propietarios afectados. Si vives en una zona declarada ERRP por tu comunidad autónoma —Cataluña, Andalucía, Galicia, País Vasco y Comunidad Valenciana son las que más han activado esta figura— es probable que el ayuntamiento o la consejería competente ya esté coordinando actuaciones; conviene preguntar antes de iniciar trámites individuales.
Programa 3 — Rehabilitación a nivel de edificio
Es el programa más utilizado por comunidades de propietarios y el que mueve la mayor parte del presupuesto territorial autonómico. Está regulado por el artículo 36 del RD 853/2021. La cuantía oscila entre el 40 % y el 80 % del coste de las obras, y el porcentaje aplicable depende de tres factores: el ahorro energético acreditado tras la obra (mínimo del 30 % en demanda de calefacción y refrigeración para entrar al programa, con escalado a partir de ahí), el nivel de renta del solicitante (la renta vulnerable acreditada permite tramos superiores) y la actuación específica realizada (envolvente térmica, instalaciones, accesibilidad).
El procedimiento típico empieza con un proyecto técnico redactado por arquitecto o aparejador, que incluye certificación energética inicial (estado actual del edificio, letra CEE), proyecto de obra, certificación energética posterior (estimación tras la actuación) y memoria económica. Con ese expediente se solicita la ayuda al organismo autonómico competente. Una vez concedida, se firma contrato con la empresa constructora —con compromiso explícito de respetar el proyecto técnico— y se inicia la obra. La justificación final se hace con certificado final de obra y certificación energética post-obra que acredite la mejora prevista. El plazo de ejecución desde concesión es típicamente de 18 a 24 meses, prorrogable según la convocatoria autonómica.
Programa 3 frente a Programa 4 — cuantías máximas por vivienda
Programa 3 (edificio completo)
18.800 €
Comunidades con ≥10 viviendas y mejora ≥60 % consumo primaria no renovable. Cuantía máxima por unidad familiar.
Programa 4 (vivienda individual)
7.500 €
Vivienda habitual individual con mejora ≥2 letras CEE. Modalidad estándar 3.000 €.
Fuente: RD 853/2021 cuantías marco estatales
Programa 4 — Mejora de eficiencia en vivienda individual
Está regulado por el artículo 41 del RD 853/2021 y dirigido a propietarios individuales que rehabilitan su vivienda habitual con mejora energética acreditada. Es el programa de cabecera para reformas pequeñas y medianas: cambio de ventanas, aerotermia, aislamiento de cubierta, sustitución de caldera de gas por bomba de calor. La cuantía es el 40 % del coste con un máximo absoluto de 3.000 € por vivienda en la modalidad estándar; sube a 40 % con tope de 7.500 € si la rehabilitación logra mejora simultánea de al menos dos letras CEE.
El requisito clave es la vivienda habitual: la subvención se reserva al titular que reside efectivamente en la vivienda y la mantiene como domicilio principal durante el periodo de compromiso fijado por la convocatoria autonómica (típicamente 5-10 años). Para vivienda arrendada existen variantes y bonificaciones específicas en algunas comunidades autónomas, recogidas en sus convocatorias. La justificación se hace con factura, certificado energético antes y después y, en algunos casos, declaración de mantenimiento del uso residencial. El procedimiento es más liviano que el del Programa 3 al no requerir proyecto técnico visado salvo cuando el ayuntamiento exija licencia de obra mayor.
Programa 5 — Libro del Edificio Existente
Regulado por el artículo 51 del RD 853/2021. Subvenciona la elaboración del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación (LEEx), un documento técnico que diagnostica el estado del edificio y propone hoja de ruta de mejora energética. La cuantía es modesta —hasta 700 € por edificio, más 60 € por vivienda integrante— pero el LEEx es la pieza que desbloquea los Programas 1 y 3 cuando el edificio quiere acceder a rehabilitación significativa. Por eso lo recomendamos como inversión previa: cuesta poco y abre la puerta a las cuantías mayores. Los arquitectos y aparejadores colegiados de cada provincia están autorizados para redactar LEEx y muchas convocatorias autonómicas mantienen un registro público de redactores acreditados. El plazo de ejecución del Programa 5 es típicamente de 6 meses desde concesión.
La subvención del Programa 4 cerró el 30 de junio de 2026 sin prórroga de ejecución posible. La deducción del IRPF por mejora energética, en cambio, sigue viva: hasta el 31 de diciembre de 2026 en sus tramos de vivienda individual y hasta el 31 de diciembre de 2027 en el tramo del 60 % para edificios. Una estaba atada a Bruselas; la otra, a la prórroga estatal.
Cómo combinar los programas con la deducción IRPF
La deducción del IRPF por obras de mejora de eficiencia energética está regulada por la Disposición Adicional 50.ª de la Ley 27/2014 modificada por el RD-Ley 19/2021 y opera con tres tramos según mejora acreditada: 20 %, 40 % o 60 %. Es compatible con las ayudas Next Generation pero la base de la deducción es la cantidad efectivamente pagada por el contribuyente, es decir, la base no subvencionada. Si el Programa 4 cubre el 40 % de una obra de 12.000 € con un tope de 4.800 €, la deducción IRPF se aplica sobre los 7.200 € pagados por ti, no sobre los 12.000 €.
Combinadas correctamente, ayuda autonómica y deducción IRPF pueden dejar la inversión real en torno al 15-25 % del coste bruto. El detalle cuantitativo está en deducciones IRPF eficiencia energética. Importante: las comunidades autónomas con régimen foral propio (País Vasco con sus tres territorios históricos y Navarra) aplican deducciones forales específicas con porcentajes y límites propios distintos al régimen común; consulta la hacienda foral correspondiente.
Cómo se solicitaba (y qué queda por hacer si tienes expediente)
El procedimiento exacto variaba por comunidad autónoma, pero la cadena lógica era común y, ejecutada en mal orden, invalidaba la ayuda. Con las convocatorias cerradas desde el 30 de junio de 2026, los cinco primeros pasos quedan como referencia del marco 2021-2026; los últimos siguen vivos para quien tiene expediente concedido pendiente de ejecutar, justificar o cobrar. La secuencia completa:
- Diagnóstico inicial. El expediente arrancaba con el certificado energético del estado previo de la vivienda o edificio: sin la letra CEE de partida no podía acreditarse la mejora posterior.
- Proyecto técnico o memoria de actuación. Para el Programa 4 podía bastar memoria técnica firmada por instalador autorizado; el Programa 3 exigía proyecto visado por arquitecto o aparejador.
- Licencia o declaración responsable municipal. Había que solicitarla antes de pedir la ayuda autonómica, porque el organismo gestor la reclamaba en el expediente.
- Solicitud de la ayuda. Se presentaba por la sede electrónica del organismo autonómico competente, con certificado digital o Cl@ve, y la resolución tardaba típicamente de 3 a 6 meses según comunidad. Desde el 30 de junio de 2026 ya no se admiten nuevas solicitudes.
- Firma de contrato con la empresa constructora. Después de la concesión, no antes. Algunas convocatorias permitían firmar contrato condicionado a la concesión, pero el inicio de obra debía ser posterior.
- Ejecución de la obra — paso vivo para expedientes concedidos. Los programas a nivel de edificio y barrio (1, 2, 3 y 6) disponen de la prórroga de ejecución del RD 326/2026; el Programa 4 quedó sin prórroga. Si descubres patologías estructurales que modifican el proyecto, comunica el cambio al organismo: las modificaciones sustanciales pueden requerir nueva resolución.
- Certificación final de obra y CEE post-obra — paso vivo. Es el documento clave para justificar la mejora energética que sostiene la cuantía concedida.
- Justificación final y cobro — paso vivo. Aporta facturas, CEE post-obra y, si la convocatoria lo exige, declaración de mantenimiento de uso residencial. El cobro se ingresa en cuenta bancaria del beneficiario.
- Aplicación de deducción IRPF — paso vivo, también para quien reforma hoy sin ayuda. En la declaración de renta del ejercicio fiscal correspondiente, sobre la base no subvencionada; la deducción del RD-Ley 19/2021 sigue vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Errores frecuentes que vemos en presupuestos
- Iniciar obra antes de la solicitud. Es la causa más habitual de denegación: el organismo gestor exige que la actividad constructiva sea posterior al registro de la solicitud. Pintar la casa para «adelantar tiempo» mientras se tramita puede invalidar el expediente.
- Subestimar el coste del CEE. La certificación energética inicial y posterior cuesta entre 300 y 700 € en total (según m² y CCAA). Hay que sumarlo al presupuesto desde el inicio.
- Confundir vivienda habitual con vivienda principal del contribuyente. El criterio fiscal de vivienda habitual (al menos 3 años de residencia continua) no siempre coincide con el criterio administrativo de la convocatoria autonómica. Lee la letra pequeña.
- Olvidar el plazo de mantenimiento de uso. Si vendes la vivienda dentro del periodo de compromiso, puedes tener que devolver proporcionalmente la ayuda. Importante si estás reformando para vender.
- No coordinar con la comunidad de propietarios. El Programa 3 requiere acuerdo de comunidad y mayoría suficiente según la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal. Si no consigues la mayoría necesaria, la solicitud al Programa 3 no prospera y solo queda el Programa 4 sobre tu vivienda individual.
Cómo seguir desde aquí
Si vives en España continental: el siguiente paso es revisar la ficha autonómica de tu comunidad en ayudas por CCAA para conocer organismo gestor, plazo, dotación presupuestaria 2026 y peculiaridades del territorio. Si estás calculando la rentabilidad real de la inversión, las calculadoras de presupuesto reforma y amortización aerotermia cubren los escenarios más comunes. Y si la motivación principal es energética, en rehabilitación energética tienes las soluciones técnicas detalladas con coste, retorno y ayudas asociadas.