Calculadora
ayuda Next Generation.
Calcula la cuantía marco estatal del Programa 3 (edificio completo), Programa 4 (vivienda individual) o Programa 5 (Libro del Edificio Existente) del RD 853/2021. Las convocatorias cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026: la herramienta sirve como referencia para expedientes concedidos en ejecución o justificación.
Qué calcula y de dónde vienen las cuantías
Esta calculadora responde a la pregunta que hoy se hacen sobre todo quienes ya tienen un expediente concedido: ¿cuánto cubre Next Generation de mi obra? Cruza los tres programas del Real Decreto 853/2021 con el coste de obra, la mejora del CEE acreditada y la situación de vulnerabilidad económica cuando aplica. Conviene decirlo sin rodeos: las convocatorias autonómicas cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026, con el fin del plazo de ejecución del PRTR. El RD 326/2026 prorrogó la ejecución de los programas de edificio y barrio (1, 2, 3 y 6), así que sus expedientes concedidos siguen vivos; el Programa 4 quedó fuera. Las cuantías base son las marco del Estado; cada CCAA moduló al alza con incrementos territoriales (rural, casco histórico, perfil vulnerable, jóvenes), por lo que el resultado es una orientación — la cifra exacta está en la resolución de concesión de cada expediente.
Programa 3 (rehabilitación de edificio) está regulado por el artículo 36 del RD 853/2021 y es el más utilizado por comunidades de propietarios. Las cuantías escalan en tres tramos según la reducción acreditada del consumo de energía primaria no renovable del edificio: 30-45 % de ahorro concede el 40 % de la inversión con tope de 6.300 €/vivienda, 45-60 % concede el 65 % con tope de 11.600 €/vivienda, y ≥60 % concede el 80 % con tope de 18.800 €/vivienda. Hay incremento adicional de hasta 1.000 €/vivienda y 12.000 €/edificio si la obra incluye retirada de amianto, y bonificación específica para colectivos en situación de vulnerabilidad económica (ingresos <3×IPREM). Es el programa de cabecera cuando hay obra coordinada de envolvente (SATE, cubierta, ventanas) más instalaciones en un bloque plurifamiliar.
Programa 4 (vivienda individual) está regulado por el artículo 41 del RD 853/2021 y es la vía para propietarios particulares que rehabilitan su vivienda habitual con mejora energética acreditada: cambio de ventanas, aerotermia, aislamiento puntual, sustitución de caldera. La cuantía es el 40 % del coste con tope 3.000 € en modalidad estándar; sube a tope 7.500 € si la rehabilitación logra mejora simultánea de al menos 2 letras del CEE. Sin mejora CEE acreditada, no hay ayuda P4 (el programa exige justificación documental con certificado energético antes y después de la obra). Es el programa que quedó fuera de la prórroga del RD 326/2026: sus convocatorias están cerradas y no admite nuevas solicitudes. Quien planifica hoy una mejora energética de vivienda individual tiene como vía vigente la deducción estatal en el IRPF del 20-40 %, aplicable hasta el 31 de diciembre de 2026.
Programa 5 (LEEx) está regulado por el artículo 51 del RD 853/2021. Subvenciona la elaboración del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación, un documento técnico que diagnostica el estado del edificio y propone hoja de ruta de mejora energética. La cuantía es modesta —700 € por edificio + 60 € por vivienda integrante— pero el LEEx es la pieza que desbloquea los Programas 1 y 3 cuando el edificio quiere acceder a rehabilitación significativa. Se suele solicitar antes que el P3 como inversión preparatoria.
Calculadora
Ayuda Next Generation según el RD 853/2021
Calcula la cuantía marco del Programa 3, 4 o 5 para expedientes ya concedidos, en fase de ejecución o justificación.
Estado a julio de 2026
Las convocatorias autonómicas de estos programas están cerradas a nuevas solicitudes desde el 30 de junio de 2026, y el Programa 4 quedó fuera de la prórroga del RD 326/2026. Esta calculadora sirve como referencia del marco estatal si tienes un expediente concedido pendiente de ejecutar o justificar. Para obras nuevas, el incentivo vigente es la deducción estatal en el IRPF: 20-40 % en vivienda individual hasta el 31 de diciembre de 2026, y 60 % en actuaciones de edificio hasta el 31 de diciembre de 2027.
Estimación · Programa 4 · 15.000 € coste obra
Cuantía Next Generation estimada
3.000 €
% cobertura del coste
20 %
Programa 4 (vivienda individual, RD 853/2021 arts. 42-44). 40 % del coste con un máximo de 3.000 € por vivienda y una obra de al menos 1.000 €. Exigía reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración, un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o adecuar la envolvente al CTE; el número de letras no cambiaba la cuantía. Cerrado a nuevas solicitudes desde el 30 de junio de 2026, sin prórroga en el RD 326/2026.
Cuantías marco del RD 853/2021, aplicables a expedientes concedidos con cargo a las convocatorias autonómicas 2022-2026 y a sus modulaciones territoriales. No incluye la deducción IRPF estatal ni la autonómica, acumulables sobre la base no subvencionada.
Cómo usar el resultado y qué hacer después
El resultado de la calculadora es una cuantía orientativa sobre las cuantías marco estatales del RD 853/2021. La cifra real de un expediente concedido depende de tres modulaciones autonómicas frecuentes que no están incluidas en este cálculo: 1) priorización por nivel de renta (muchas CCAA aplicaron baremación que daba preferencia a expedientes de renta baja); 2) incremento territorial por residir en municipio menor de 5.000 habitantes (Castilla y León, Extremadura, Galicia, Aragón, La Rioja añadían un 5-15 % adicional); 3) incremento por jóvenes <36 años con renta moderada (Castilla y León, Asturias, varias autonomías). El documento que manda es la resolución de concesión; ante cualquier duda, contrasta con el organismo autonómico que la emitió.
Si tienes un expediente concedido en curso, la secuencia que queda por delante es la de ejecución y justificación: terminar la obra dentro del plazo que marque tu resolución —los programas 1, 2, 3 y 6 obtuvieron prórroga de ejecución con el RD 326/2026; el Programa 4, no—, obtener el CEE posterior a la obra, presentar la cuenta justificativa con facturas y certificados ante el organismo autonómico, cobrar la subvención y, por último, aplicar la deducción IRPF estatal —y la autonómica si existe— sobre la base no subvencionada en la declaración del ejercicio del pago. Incumplir el plazo de justificación es la causa más habitual de reintegro, así que esa fecha es la que conviene tener subrayada.
Una ayuda Next Generation ya concedida se puede combinar con la deducción IRPF estatal (20, 40 o 60 % según la mejora del certificado), pero la subvención se descuenta de la base de la deducción: solo deduces sobre lo que pagas tú. Algunas comunidades añaden una deducción autonómica propia, cada una con sus condiciones. Calcula tu coste neto tras incentivos con la calculadora de presupuesto reforma.
Y si llegas tarde a Next Generation —el caso de cualquiera que planifique la obra a partir de julio de 2026—, la vía vigente es la deducción estatal en el IRPF por obras de mejora energética: 20 % de lo pagado si la obra reduce al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración (base máxima 5.000 € anuales), 40 % si reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o alcanza clase A o B (base máxima 7.500 €), y 60 % en actuaciones de edificio completo (base máxima acumulada 15.000 €). Exige certificado energético posterior a la obra emitido antes del 1 de enero de 2028, y se aplica a pagos hasta el 31 de diciembre de 2026 en vivienda individual y hasta el 31 de diciembre de 2027 en edificios, de modo que el calendario de la obra vuelve a importar — esta vez por motivos fiscales, no de convocatoria.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda Next Generation ahora mismo?
No. Las convocatorias autonómicas de los programas del RD 853/2021 cerraron a nuevas solicitudes con el fin del plazo de ejecución del PRTR, el 30 de junio de 2026. El RD 326/2026 habilitó prórroga solo para los programas a escala de edificio y barrio (1, 2, 3 y 6), de modo que los expedientes ya concedidos de esos programas siguen ejecutándose y justificándose; el Programa 4 (vivienda individual) quedó fuera y no admite nuevas solicitudes. Para obras nuevas, el incentivo vigente es la deducción estatal en el IRPF: 20 % o 40 % en vivienda individual hasta el 31 de diciembre de 2026, y 60 % en actuaciones de edificio completo hasta el 31 de diciembre de 2027, siempre con certificado energético posterior a la obra emitido antes del 1 de enero de 2028.
¿Qué diferencia hay entre Programa 3, Programa 4 y Programa 5?
Programa 3 financia rehabilitación a nivel de edificio completo (comunidades de propietarios) con el 40, el 65 o el 80 % del coste según el ahorro de energía primaria no renovable acreditado (30, 45 o 60 %) y topes de 6.300, 11.600 o 18.800 € por vivienda. Programa 4 financiaba la mejora energética de la vivienda individual: el 40 % del coste, con un máximo de 3.000 €. Programa 5 financia el Libro del Edificio Existente para la rehabilitación: 700 € más 60 € por vivienda en edificios de hasta 20 viviendas, y 1.100 € más 40 € por vivienda por encima, con un máximo de 3.500 €. Programa 3 y 5 son complementarios y se suelen solicitar juntos.
¿Cómo se acredita el ahorro de demanda térmica del Programa 3?
Mediante certificado energético inicial (antes de obra) + certificado energético posterior (después de obra) realizados por técnico competente (arquitecto o ingeniero) y registrados en el organismo autonómico. El ahorro es la diferencia porcentual en la demanda anual de calefacción + refrigeración por m² (kWh/m²·año) entre ambos certificados. Mínimo 30 % para acceder al Programa 3; tramos superiores activan ayudas mayores.
¿Qué es la vulnerabilidad económica del incremento P3?
Situación acreditada en la unidad de convivencia donde los ingresos anuales totales no superan 3 veces el IPREM (aprox. 27.000 € en 2026 para una persona, escalando con miembros de la familia). La vulnerabilidad se acredita ante los servicios sociales municipales con certificación específica. Cuando aplica, el Programa 3 incrementa la cuantía base un 50 % adicional (no acumulativo con otras modulaciones autonómicas).
¿La cuantía mostrada es definitiva?
No. Es una estimación basada en las cuantías marco del Real Decreto 853/2021. Cada CCAA moduló su convocatoria: algunas exigían porcentaje superior al mínimo del 30 % en demanda térmica; otras añadían incrementos por residir en municipios menores de 5.000 habitantes; otras priorizaban baremación por nivel de renta. Para la cuantía exacta de tu expediente, consulta la resolución de concesión y la convocatoria autonómica con la que se tramitó.
¿Cómo combino la ayuda con la deducción IRPF?
La ayuda Next Generation se cobra como subvención tras justificar la obra. La deducción IRPF estatal (20, 40 o 60 %) se aplica sobre la parte no subvencionada. Ejemplo: obra de 15.000 € con 3.000 € de ayuda del Programa 4 → base de 12.000 €; en el tramo del 40 % la base máxima anual es de 7.500 €, así que la deducción es de 3.000 €. En los tramos del 20 y el 40 % la deducción se aplica en el año en que se expide el certificado posterior, y solo cuentan los pagos hechos hasta el 31 de diciembre de 2026.