Ficha autonómica Actualizado 2026-05-14 Régimen insular

Licencias de obra en
Canarias 2026.

Régimen de licencias de obra aplicable a canarios: tipos admitidos, plazos típicos, rango ICIO marco y bonificaciones por mejora energética en las capitales y municipios principales. Tramitación gestionada por Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad.

ICIO marco

2-4 % del PEM

Plazo obra mayor

1-3 meses

Plazo obra menor

30-45 días

Boletín oficial

BOC

Canarias · Tope potestativo del ICIO (energía solar o especial interés municipal) 95%

Régimen aplicable en Canarias

Canarias regula las licencias urbanísticas mediante la Ley 4/2017 del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos, que amplió la declaración responsable y simplificó los procedimientos. Como archipiélago, suma una capa administrativa propia: cada cabildo insular (Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera y El Hierro) tiene capacidad normativa que se superpone a la regulación autonómica, de modo que conviene contrastar la ordenanza del municipio con los criterios del cabildo correspondiente. La consejería competente es la de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, y la normativa se publica en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). Los plazos típicos están en línea con la media nacional: en torno a 30-45 días en obra menor y de 1 a 3 meses en obra mayor. La gran particularidad fiscal del archipiélago es el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), que sustituye al IVA en el material de obra al tipo del 7 % frente al 10-21 % peninsular, lo que reduce de forma apreciable el coste fiscal total de la reforma. El ICIO, en cambio, sigue el marco estatal: su tipo máximo legal es del 4 % de la base imponible (art. 102 TRLRHL) y cada ayuntamiento lo concreta en su ordenanza. Las bonificaciones del ICIO no dependen de la calificación energética, sino del art. 103.2.b del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales: las obras que incorporan sistemas de aprovechamiento de la energía solar para autoconsumo pueden llegar al 95 %, un incentivo especialmente rentable en un territorio de clima subtropical suave y alta radiación solar disponible casi todo el año, que orienta los proyectos hacia la fotovoltaica, la ventilación y la refrigeración eficiente más que hacia la calefacción. Para los cascos históricos protegidos (La Laguna Patrimonio UNESCO, Vegueta, La Orotava, Teguise), el cabildo insular y la consejería de cultura emiten informe preceptivo que suele añadir 4-8 semanas al cronograma. La obra en zonas con riesgo volcánico (La Palma post-Cumbre Vieja) tiene tramitación de urgencia y bonificaciones adicionales en cuantía Next Generation.

Régimen insular: doble capa Consell/Cabildo + autonómica

Baleares y Canarias suman una capa administrativa adicional a la autonómica: en Baleares cada Consell Insular (Mallorca, Menorca, Eivissa, Formentera) tiene capacidad normativa propia; en Canarias cada Cabildo Insular (Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera, El Hierro) replica la misma estructura. Eso alarga los plazos en Baleares hasta 45-60 días en obra menor y 2-5 meses en obra mayor, los más largos del país junto con Cataluña. Canarias tiene ventaja fiscal estructural: el IGIC al 7 % sobre material de obra sustituye al IVA peninsular del 10-21 %, lo que reduce el coste fiscal total de la reforma. Las bonificaciones del ICIO son altas en ambas comunidades: 50-80 % en Palma, Eivissa Vila y Maó; 50-90 % en obras con autoconsumo solar fotovoltaico acreditado en Canarias. Las viviendas en zonas turísticas costeras tienen restricciones adicionales en las ordenanzas locales.

Tipos de licencia en Canarias

Obra mayor

Intervenciones estructurales, redistribución, ampliaciones, cambio de uso o afectación a fachada exterior. Exige proyecto técnico visado por arquitecto o aparejador.

Plazo:
1-3 meses
Documentación:
Proyecto técnico visado, certificado energético inicial, memoria de actuación, presupuesto desglosado por capítulo.

Obra menor

Sustitución de acabados, cambio de instalaciones sin modificación de trazado, redistribución con tabiques no estructurales, carpintería interior.

Plazo:
30-45 días
Documentación:
Solicitud, memoria descriptiva, presupuesto, plano de planta cuando hay redistribución.

Declaración responsable

Permite iniciar obra inmediatamente, regulada por Ley 4/2017 del Suelo de Canarias

Plazo:
Inicio inmediato (control posterior)
Documentación:
Formulario tipo del ayuntamiento, memoria descriptiva, presupuesto, justificación de que la actuación encaja en el supuesto.

Bonificaciones municipales del ICIO y del IBI

Bonificación potestativa del ICIO de hasta el 95 % por incorporar sistemas de aprovechamiento de la energía solar para autoconsumo (art. 103.2.b TRLRHL), aplicada por municipios canarios según su ordenanza fiscal

Conviene tener clara la base legal: el ICIO es un tributo municipal y el artículo 103.2 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales solo habilita bonificarlo por obras de especial interés o utilidad municipal o por incorporar sistemas de aprovechamiento de la energía solar; obtener una determinada letra del certificado energético no es, por sí mismo, un supuesto de bonificación del ICIO. La bonificación no es automática: hay que solicitarla expresamente al presentar la licencia y cumplir las condiciones que fije la ordenanza fiscal del municipio. Sin esos pasos, el ayuntamiento aplica la cuota ordinaria del impuesto.

Cronología normativa en Canarias

  1. 2017

    Ley 4/2017 del Suelo Canarias

    Marco urbanístico actualizado y apertura declaración responsable

  2. 2021

    Régimen REF actualizado

    IGIC 7 % en material obra consolidado frente IVA peninsular 10-21 %

  3. 2026

    Régimen vigente

    Doble capa Cabildo Insular + autonómica con bonificación máxima por fotovoltaica

Boletín oficial · cita verbatim
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa.
Art. 100.1 · Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales · BOE núm. 59 de 9 de marzo de 2004

Cadena licencia-deducción-bonificación en Canarias

Desde el cierre de las convocatorias Next Generation a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026, los incentivos vigentes para quien reforma hoy en Canarias son las deducciones IRPF por mejora energética y la bonificación municipal del ICIO. La secuencia correcta es:

  1. Solicitar la licencia o presentar declaración responsable.
  2. Si la ordenanza fiscal del municipio prevé bonificación del ICIO aplicable a la obra, solicitarla expresamente al liquidar el impuesto.
  3. Obtener el certificado energético previo, firmar contrato con constructor y ejecutar la obra.
  4. Obtener certificado energético post-obra —antes del 1 de enero de 2028 para que la mejora compute en la deducción— y certificado final de obra.
  5. Aplicar la deducción IRPF en la renta del ejercicio en que se pagó la obra: 20 % o 40 % en vivienda individual (obras hasta el 31 de diciembre de 2026) o 60 % en actuaciones de edificio (hasta el 31 de diciembre de 2027).

Si tienes un expediente Next Generation concedido antes del cierre ante Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, tu referencia es la resolución de concesión y sus plazos de justificación. El detalle autonómico está en la ficha de ayudas de Canarias.

Términos del glosario relevantes en licencias de Canarias

Conceptos jurídicos, organismos y normativa clave que aparecen en la ordenanza fiscal y urbanística autonómica, con definición ampliada en el glosario.

Reformar en Canarias: el expediente completo

La licencia abre la obra, pero el expediente no termina ahí. Estas son las demás fichas de Canarias, con la fiscalidad y la certificación energética que la acompañan.

Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Estas son las fichas de las capitales de Canarias:

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo típico de tramitación de una licencia de obra menor en Canarias?

30-45 días, según el ayuntamiento concreto y el momento del año (los periodos de pico estacional pueden estirar plazos). Para obra mayor con proyecto técnico visado, el plazo típico es de 1-3 meses.

¿Qué obras admiten declaración responsable?

Sí, regulada por Ley 4/2017 del Suelo de Canarias. La declaración responsable permite iniciar la obra inmediatamente tras presentar la documentación, con control municipal posterior. Aplica habitualmente a sustitución de acabados, cambio de instalaciones sin modificación de trazado general, redistribución con tabiques no estructurales y cambio de carpintería interior. Cualquier intervención en estructura, fachada exterior o cambio de uso requiere licencia mayor expresa.

¿Cuánto cuesta el ICIO en mi ayuntamiento de Canarias?

El rango aplicable en Canarias es 2-4 % del PEM. Cada ayuntamiento decide su tipo dentro de ese rango mediante ordenanza fiscal. Bonificación potestativa del ICIO de hasta el 95 % por incorporar sistemas de aprovechamiento de la energía solar para autoconsumo (art. 103.2.b TRLRHL), aplicada por municipios canarios según su ordenanza fiscal.

¿Qué pasa con las viviendas en cascos históricos protegidos de Canarias?

Cualquier obra que afecte a fachada o elementos catalogados requiere informe favorable del Servicio de Patrimonio Cultural autonómico antes de la concesión municipal. El plazo medio del informe es de 4-8 semanas adicionales sobre la tramitación municipal estándar. Las restricciones estéticas (paleta cromática, materiales, conservación de elementos catalogados) pueden ser significativas en cascos UNESCO.

¿Cómo combino licencia, ayuda Next Generation y deducción IRPF en Canarias?

El orden importa: primero licencia o declaración responsable municipal, después solicitud de ayuda Next Generation gestionada por Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, después firma del contrato y solo entonces inicio de obra. Cualquier movimiento del orden invalida la ayuda. Al cierre se aplica la deducción IRPF estatal sobre la base no subvencionada.