ITP en Andalucía.
Tipo general 7 % · 2026.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales aplicable a la compraventa de vivienda usada en Andalucía. Tipo general 7 %, tipo bonificado hasta 3.5 %, gestión por Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN).
Tipo general
7 %
Tipo bonificado
6 % / 3,5 %
Marco legal
Boletín oficial
Andalucía · Tipo ITP general 7 %
Peculiaridades del ITP en Andalucía
Andalucía aplica un tipo general de ITP del 7 % en la compraventa de vivienda usada (tipo único desde la reforma de 2021, que eliminó la antigua escala 8/9/10 %). Sobre ese tipo general existen dos tipos reducidos por valor de la vivienda que cubren a la mayoría de compradores: el 6 % para cualquier inmueble destinado a vivienda habitual cuyo valor no supere los 150.000 €, y el 3,5 % cuando además el adquirente es menor de 35 años, víctima de violencia doméstica o de terrorismo, o compra en un municipio en riesgo de despoblación, siempre con el mismo límite de valor de 150.000 €. Para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 % el tipo del 3,5 % se mantiene hasta un valor de 250.000 €. La normativa andaluza no exige ningún requisito de renta ni de base imponible del IRPF para acceder a estos tipos reducidos: el único condicionante es el destino a vivienda habitual y el umbral de valor. En una vivienda de 150.000 € que cumpla los requisitos del 3,5 %, la cuota baja a 5.250 € frente a los 10.500 € del tipo general. La gestión administrativa la lleva la Agencia Tributaria de Andalucía mediante el modelo 600. La declaración debe presentarse en los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura; sin la liquidación previa, el Registro de la Propiedad no inscribe la transmisión. Para reforma posterior a la compra, la deducción del IRPF estatal por mejora energética es la principal vía de incentivo.
Régimen de tipo bajo: presión fiscal reducida como política de competitividad
Madrid, La Rioja, Canarias y Andalucía mantienen los tipos generales más bajos del régimen común (6-7 %) como política explícita de competitividad fiscal. Madrid y La Rioja con el 6 %; Canarias con el 6,5 % (alineado con la condición de región ultraperiférica REF); Andalucía con el 7 %. Las bonificaciones específicas para jóvenes con renta moderada, familias numerosas, personas con discapacidad y primera vivienda reducen el tipo aplicable al 3,5-5 % típicamente. Sobre vivienda mediana de cada territorio, esto implica ahorros fiscales de 4.000-8.000 € en comparación con territorios de tipo general 8-10 %. La política autonómica busca atraer compradores frente a comunidades vecinas con tipos más altos. Para reformas posteriores a la compra, algunas de estas comunidades añaden deducciones autonómicas IRPF propias que suman otra capa al paquete fiscal cuando se combinan adquisición + rehabilitación con mejora energética; conviene verificar la deducción vigente en cada campaña de renta.
Bonificaciones aplicables en Andalucía
| Perfil | Tipo aplicable | Condición |
|---|---|---|
| Vivienda habitual de valor ≤150.000 € | 6 % (en lugar de 7 %) | Transmisión de inmueble destinado a vivienda habitual cuyo valor no supere los 150.000 € |
| Jóvenes menores de 35 años | 3,5 % (en lugar de 7 %) | Inmueble destinado a vivienda habitual con valor no superior a 150.000 €. Sin requisito de renta. El mismo tipo alcanza a víctimas de violencia doméstica o de terrorismo y a compradores en municipios en riesgo de despoblación |
| Familia numerosa | 3,5 % | Vivienda habitual con valor no superior a 150.000 € + acreditación de familia numerosa |
| Personas con discapacidad ≥33 % | 3,5 % | Vivienda habitual con valor no superior a 250.000 € + acreditación de discapacidad de grado igual o superior al 33 % por la Junta de Andalucía |
Tipo ITP general frente a comunidades limítrofes
Porcentaje aplicable a vivienda usada (primer tramo en escalonados)
- Castilla-La Mancha 9%
- Extremadura 8%
- Región de Murcia 8%
- Andalucía 7%
El tipo de gravamen para las transmisiones de bienes inmuebles, así como la constitución y la cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, excepto los derechos reales de garantía, será el 6 por 100. Las Comunidades Autónomas podrán fijar otro tipo conforme a lo previsto en la Ley de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas.
Cadena fiscal óptima: ITP bonificado + deducciones IRPF posteriores
Para compradores que combinan adquisición de vivienda usada con rehabilitación profunda inmediata, la articulación fiscal óptima en Andalucía sigue esta cadena:
- Verificar antes de firmar si el perfil del comprador encaja en alguna de las bonificaciones del ITP (joven con renta moderada, familia numerosa, persona con discapacidad, primera vivienda, etc.). Sobre el precio típico de vivienda en Andalucía, una bonificación de 2-4 puntos puede suponer 5.000-15.000 € de ahorro fiscal.
- Comprobar el estado de las ayudas Next Generation: las convocatorias del RD 853/2021 cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026. Si tienes un expediente concedido ante Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN), respeta sus plazos de ejecución y justificación.
- Tramitar la licencia de obra en Andalucía o presentar declaración responsable según el alcance de la actuación.
- Aplicar la deducción del IRPF estatal del RD-Ley 19/2021 (20-60 % según mejora acreditada) en la declaración del ejercicio en que se paga la obra.
- Aplicar la deducción autonómica IRPF en Andalucía si está vigente para reforma de vivienda habitual.
Combinadas correctamente, las líneas vigentes (ITP bonificado + deducción IRPF estatal + deducción autonómica) reducen de forma sustancial el coste fiscal efectivo de adquisición + rehabilitación profunda. Cuando además existe una ayuda Next Generation concedida antes del cierre de convocatorias, el paquete completo llegaba a dejar ese coste en el 30-45 % del bruto en muchos perfiles.
Comunidades limítrofes
Si te mueves entre comunidades, los tipos generales y bonificaciones del ITP varían sensiblemente: conviene comparar antes de decidir territorio fiscal de residencia o compra.
Términos del glosario relevantes en ITP Andalucía
Conceptos fiscales clave para la operación de compraventa de vivienda usada, con definición ampliada en el glosario y fuentes oficiales.
Reformar en Andalucía: el expediente completo
El impuesto de transmisiones es el primer coste de una compra para reformar. Estas son las demás fichas de Andalucía, con lo que viene después de firmar.
- Deducción del IRPF por reforma Tramos estatales y deducción autonómica
- Ayudas autonómicas a la rehabilitación Qué se convocó y qué organismo lo gestiona
- Licencias de obra Plazos, ICIO y declaración responsable
- Certificado de eficiencia energética Registro autonómico, tasa y plazo
Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Estas son las fichas de las capitales de Andalucía:
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el ITP en una compra de vivienda en Andalucía?
Lo paga el comprador. La liquidación se hace en el plazo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura mediante el modelo correspondiente (600 estatal en el régimen común; modelo foral propio en País Vasco y Navarra) ante Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN). Sin la liquidación previa del ITP, el Registro de la Propiedad no inscribe la transmisión.
¿Sobre qué valor se calcula el ITP?
Sobre el valor declarado en la escritura de compraventa, salvo que la administración considere que ese valor es inferior al valor real de mercado. En ese caso puede aplicar valores de referencia publicados (índices oficiales del Catastro, valores de mercado por zona) y exigir liquidación complementaria por la diferencia. Las administraciones autonómicas mantienen herramientas online para consultar el valor mínimo aceptado por el Catastro antes de firmar la escritura.
¿El ITP excluye al IVA?
Sí, ambos son excluyentes. ITP aplica a transmisiones entre particulares (vivienda usada). IVA aplica a transmisiones de promotor a particular (vivienda nueva, primera transmisión) con tipo del 10 % en vivienda habitual + AJD del 1-1,5 % según CCAA. Para vivienda usada con reforma profunda inmediata, lo más habitual es comprar usada con ITP y luego invertir en la rehabilitación, lo que abre el acceso a las deducciones IRPF estatal y autonómicas por mejora energética acreditada.
¿Las bonificaciones del ITP se acumulan a las deducciones IRPF?
Sí. La bonificación del ITP es una reducción del tipo aplicable al impuesto de transmisión, mientras que las deducciones del IRPF (estatal del RD-Ley 19/2021 + autonómica si aplica) son reducciones de la cuota del IRPF por inversión en rehabilitación posterior a la compra. Son tributos distintos con bases de cálculo distintas; la bonificación del ITP en compra + deducción IRPF en rehabilitación posterior es la cadena fiscal óptima cuando ambas aplican simultáneamente.
¿Qué peculiaridad fiscal define el ITP en Andalucía?
Tipo general del 7 %, reducido al 6 % para la vivienda habitual de valor no superior a 150.000 € y al 3,5 % para menores de 35 años (también víctimas de violencia doméstica o de terrorismo y compradores en municipios en riesgo de despoblación) cuando la vivienda habitual no supere 150.000 €. La normativa andaluza no exige requisito de renta para estos tipos reducidos.