ITP en Islas Baleares.
Tipo general 8-13 % escalonado por valor · 2026.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales aplicable a la compraventa de vivienda usada en Islas Baleares. Tipo general 8-13 % escalonado por valor, tipo bonificado hasta 4 %, gestión por Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB).
Tipo general
8-13 % escalonado por valor
Tipo bonificado
4 %
Boletín oficial
Baleares · Tipo ITP general 8 %
Peculiaridades del ITP en Islas Baleares
Baleares aplica un tipo de ITP escalonado por valor de la vivienda: 8 % hasta 400.000 €, 9 % entre 400.001 y 600.000 €, 10 % entre 600.001 y 1.000.000 €, 12 % entre 1.000.001 y 2.000.000 €, y 13 % por encima de 2 millones. Es el resultado de la presión inmobiliaria del archipiélago y del intento autonómico de gravar especialmente la vivienda de lujo extranjera. Para la mayoría de compradores residentes, el tipo del primer tramo (8 %) es el aplicable, pero la vivienda habitual disfruta de un tipo reducido del 4 % cuando el valor no supera 270.151,20 € y el comprador no posee otra vivienda. El Decreto-ley 4/2023 reforzó de forma notable los incentivos para jóvenes: los menores de 30 años (y las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 %) que compran su primera vivienda habitual de valor no superior a 270.151,20 € pueden disfrutar de una bonificación del 100 % de la cuota —tipo efectivo del 0 %— siempre que acrediten residencia previa de tres años en Baleares, adquieran al menos el 50 % del inmueble, suscriban una hipoteca de al menos el 60 % del valor de tasación y no superen los límites de renta de 52.800 € individual o 84.480 € conjunta. Los menores de 36 años pagan un tipo reducido del 2 % con el mismo límite de valor. Para familias numerosas y monoparentales con hijos dependientes el tipo del 2 % se mantiene y el umbral sube a 350.000 €, aplicando el 8 % solo al exceso sobre 270.151,20 €. La gestión la asume la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB) mediante el modelo 600. Las viviendas en cascos históricos protegidos de Palma, Ciutadella, Eivissa Vila y Maó requieren informe del Consell Insular correspondiente antes de cualquier reforma posterior. Para reforma post-compra, Baleares mantiene además una deducción autonómica del IRPF por inversiones de mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual y un programa Next Generation autonómico relevante.
Régimen escalonado: tipos progresivos según valor de la vivienda
Aragón, Baleares, Cataluña y Extremadura aplican un ITP escalonado por valor de la vivienda, una herramienta de progresividad fiscal pensada para gravar especialmente las operaciones de alto valor. Baleares es el caso más extremo con cinco tramos del 8 % al 13 % (umbral superior en 2.000.000 €), reflejando la presión inmobiliaria del archipiélago y el intento de gravar la vivienda de lujo extranjera. Cataluña aplica desde 2025 una escala del 10 % al 13 % por tramos a partir de 600.000 €. Aragón escala del 8 % al 10 % en cinco tramos (400.000, 450.000, 500.000 y 750.000 €). Extremadura va del 8 % al 11 % con escalones en 360.000 y 600.000 €. Para la inmensa mayoría de compradores de vivienda habitual residencial, el tipo aplicable es el del primer tramo. Las bonificaciones específicas para perfiles vulnerables (jóvenes, familias numerosas, discapacidad) reducen la carga del primer tramo, ya sea mediante tipos reducidos o bonificaciones sobre la cuota según la comunidad. Antes de firmar escritura, conviene verificar en qué tramo cae el valor declarado: un euro por encima de un umbral puede arrastrar todo el exceso al tipo superior.
Bonificaciones aplicables en Islas Baleares
| Perfil | Tipo aplicable | Condición |
|---|---|---|
| Vivienda habitual general | 4 % | Inmueble destinado a vivienda habitual con valor real o declarado no superior a 270.151,20 € y sin que el adquirente disponga de otro derecho de propiedad sobre una vivienda |
| Jóvenes menores de 30 años y personas con discapacidad ≥33 % | Bonificación del 100 % (tipo efectivo 0 %) | Primera vivienda habitual de valor no superior a 270.151,20 €, con residencia previa en Baleares de al menos 3 años, adquisición de al menos el 50 % e hipoteca mínima del 60 % del valor de tasación; límites de base imponible del IRPF de 52.800 € individual / 84.480 € conjunta (Decreto-ley 4/2023) |
| Jóvenes menores de 36 años | 2 % | Primera vivienda habitual de valor no superior a 270.151,20 €, sin titularidad de otra vivienda |
| Familia numerosa o monoparental con hijos dependientes | 2 % | Vivienda habitual de valor no superior a 270.151,20 €; para familias con hijos dependientes el límite se eleva a 350.000 € aplicando el 2 % a los primeros 270.151,20 € y el 8 % al exceso |
El tipo de gravamen para las transmisiones de bienes inmuebles, así como la constitución y la cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, excepto los derechos reales de garantía, será el 6 por 100. Las Comunidades Autónomas podrán fijar otro tipo conforme a lo previsto en la Ley de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas.
Cadena fiscal óptima: ITP bonificado + deducciones IRPF posteriores
Para compradores que combinan adquisición de vivienda usada con rehabilitación profunda inmediata, la articulación fiscal óptima en Islas Baleares sigue esta cadena:
- Verificar antes de firmar si el perfil del comprador encaja en alguna de las bonificaciones del ITP (joven con renta moderada, familia numerosa, persona con discapacidad, primera vivienda, etc.). Sobre el precio típico de vivienda en Islas Baleares, una bonificación de 2-4 puntos puede suponer 5.000-15.000 € de ahorro fiscal.
- Comprobar el estado de las ayudas Next Generation: las convocatorias del RD 853/2021 cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026. Si tienes un expediente concedido ante Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB), respeta sus plazos de ejecución y justificación.
- Tramitar la licencia de obra en Islas Baleares o presentar declaración responsable según el alcance de la actuación.
- Aplicar la deducción del IRPF estatal del RD-Ley 19/2021 (20-60 % según mejora acreditada) en la declaración del ejercicio en que se paga la obra.
- Aplicar la deducción autonómica IRPF en Islas Baleares si está vigente para reforma de vivienda habitual.
Combinadas correctamente, las líneas vigentes (ITP bonificado + deducción IRPF estatal + deducción autonómica) reducen de forma sustancial el coste fiscal efectivo de adquisición + rehabilitación profunda. Cuando además existe una ayuda Next Generation concedida antes del cierre de convocatorias, el paquete completo llegaba a dejar ese coste en el 30-45 % del bruto en muchos perfiles.
Términos del glosario relevantes en ITP Islas Baleares
Conceptos fiscales clave para la operación de compraventa de vivienda usada, con definición ampliada en el glosario y fuentes oficiales.
Reformar en Islas Baleares: el expediente completo
El impuesto de transmisiones es el primer coste de una compra para reformar. Estas son las demás fichas de Islas Baleares, con lo que viene después de firmar.
- Deducción del IRPF por reforma Tramos estatales y deducción autonómica
- Ayudas autonómicas a la rehabilitación Qué se convocó y qué organismo lo gestiona
- Licencias de obra Plazos, ICIO y declaración responsable
- Certificado de eficiencia energética Registro autonómico, tasa y plazo
Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Esta es la ficha de Palma de Mallorca:
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el ITP en una compra de vivienda en Islas Baleares?
Lo paga el comprador. La liquidación se hace en el plazo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura mediante el modelo correspondiente (600 estatal en el régimen común; modelo foral propio en País Vasco y Navarra) ante Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB). Sin la liquidación previa del ITP, el Registro de la Propiedad no inscribe la transmisión.
¿Sobre qué valor se calcula el ITP?
Sobre el valor declarado en la escritura de compraventa, salvo que la administración considere que ese valor es inferior al valor real de mercado. En ese caso puede aplicar valores de referencia publicados (índices oficiales del Catastro, valores de mercado por zona) y exigir liquidación complementaria por la diferencia. Las administraciones autonómicas mantienen herramientas online para consultar el valor mínimo aceptado por el Catastro antes de firmar la escritura.
¿El ITP excluye al IVA?
Sí, ambos son excluyentes. ITP aplica a transmisiones entre particulares (vivienda usada). IVA aplica a transmisiones de promotor a particular (vivienda nueva, primera transmisión) con tipo del 10 % en vivienda habitual + AJD del 1-1,5 % según CCAA. Para vivienda usada con reforma profunda inmediata, lo más habitual es comprar usada con ITP y luego invertir en la rehabilitación, lo que abre el acceso a las deducciones IRPF estatal y autonómicas por mejora energética acreditada.
¿Las bonificaciones del ITP se acumulan a las deducciones IRPF?
Sí. La bonificación del ITP es una reducción del tipo aplicable al impuesto de transmisión, mientras que las deducciones del IRPF (estatal del RD-Ley 19/2021 + autonómica si aplica) son reducciones de la cuota del IRPF por inversión en rehabilitación posterior a la compra. Son tributos distintos con bases de cálculo distintas; la bonificación del ITP en compra + deducción IRPF en rehabilitación posterior es la cadena fiscal óptima cuando ambas aplican simultáneamente.
¿Qué peculiaridad fiscal define el ITP en Islas Baleares?
Escalonado del 8 % (hasta 400.000 €) al 13 % (más de 2 M€). El tipo reducido de la vivienda habitual es del 4 % cuando el valor no supera 270.151,20 € y no se posee otra vivienda. Para jóvenes, el Decreto-ley 4/2023 reconoce una bonificación del 100 % de la cuota (tipo efectivo 0 %) a los menores de 30 años en su primera vivienda habitual y un tipo del 2 % a los menores de 36 años, en ambos casos con el límite de valor de 270.151,20 €.