Ficha autonómica Actualizado 2026-07-19 Régimen transitorio

Deducción IRPF en
Cataluña 2026.

Deducciones autonómicas del IRPF en Cataluña para catalanes que invierten en rehabilitación de vivienda habitual. Marco legal: Código Tributario de Cataluña (Decreto Legislativo 1/2024), art. 612-4. Aplicación en la declaración de la renta del ejercicio en que se pague la obra.

Tramos vigentes

1

Porcentaje máximo

1.5 %

Compatible estatal

Sí (acumulable)

Cataluña · Deducción autonómica IRPF máxima por rehabilitación 1.5 %

Peculiaridades de la deducción en Cataluña

Cataluña mantiene en el IRPF una deducción autonómica por rehabilitación de la vivienda habitual del 1,5 % sobre una base máxima de 9.040 € anuales (art. 612-4 del Código Tributario, Decreto Legislativo 1/2024). A diferencia de lo que suele leerse, no está reservada a quien compró antes de 2013: puede aplicarla cualquier residente que rehabilite su vivienda habitual, con la única exigencia de que la actuación encaje en el concepto técnico de rehabilitación del reglamento del IRPF (obras de coste superior al 25 % del valor de adquisición o con calificación administrativa específica). La condición de adquisición previa a 2013 corresponde a otra deducción distinta —el tramo autonómico por inversión en vivienda habitual—, que además excluye expresamente la rehabilitación. El impacto en cuota del 1,5 % es modesto (máximo teórico de 135,60 € al año), por lo que en la práctica el contribuyente catalán que rehabilita se apoya sobre todo en la deducción estatal del RD-Ley 19/2021 (20-60 % por mejora energética, vigente hasta el 31-12-2026) y en las bonificaciones municipales de IBI e ICIO. La novedad estructural es la Ley 8/2025 del Estatuto de los Municipios Rurales, que crea deducciones de rehabilitación del 15 % (20 % en zonas rurales de atención especial) con base máxima de 6.000 € para viviendas anteriores a 1970, pero con efectos sobre el ejercicio 2026 (declaración de 2027), no sobre el IRPF de 2025.

Régimen transitorio o residual cerrado a inversiones nuevas

Cataluña y Navarra tienen regímenes propios muy distintos. Cataluña deduce el 1,5 % por rehabilitación de la vivienda habitual (art. 612-4, base 9.040 €), abierto a cualquier residente que acredite el concepto técnico de rehabilitación —no está atado a haber comprado antes de 2013, condición que pertenece a otra deducción distinta—; su impacto en cuota es modesto, por lo que la palanca real es la deducción estatal del RD-Ley 19/2021 y, desde el ejercicio 2026, las nuevas deducciones rurales del 15-20 % de la Ley 8/2025. Navarra, de régimen foral, no aplica la deducción estatal pero sí una deducción foral propia por eficiencia energética (Disposición Adicional 65ª): hasta el 60 % por rehabilitación energética del edificio, además del 20 % y el 40 % en otras modalidades, prorrogada por la Ley Foral 17/2025 a 2024-2027; el régimen transitorio del 15 % (base 7.000 €) solo persiste para viviendas anteriores a 2013.

Tramos vigentes en 2026

Tramo 1

Rehabilitación de la vivienda habitual

Porcentaje
1,5 %
Límite anual
9040 €
Condición
Vivienda habitual del contribuyente en Cataluña. No exige adquisición previa a 2013. Requiere el concepto técnico de rehabilitación del art. 55.5 RIRPF (actuación protegida/subvencionada o coste de las obras superior al 25 % del valor de adquisición de la vivienda).

Requisitos comunes

Vivienda habitual situada en Cataluña. No exige adquisición previa a 2013. Requiere el concepto técnico de rehabilitación del art. 55.5 del Reglamento del IRPF (actuación protegida o subvencionada, o coste de las obras superior al 25 % del precio de adquisición o valor de la vivienda). El régimen transitorio cerrado pre-2011/2013 corresponde a otra deducción distinta —el tramo autonómico por inversión en vivienda habitual—, que además excluye expresamente la rehabilitación.

Alternativas fiscales adicionales

Otros instrumentos fiscales y de subvención disponibles en Cataluña para quien rehabilita su vivienda habitual . Algunos son acumulables a la deducción autonómica anterior; consultar la convocatoria viva de cada uno antes de iniciar obra.

Porcentaje máximo de deducción frente a comunidades limítrofes

Tramo más alto aplicable a rehabilitación o accesibilidad por CCAA

  • Comunidad Valenciana 50%
  • Illes Balears 50%
  • Aragón 7,5%
  • Cataluña 1,5%
Boletín oficial · cita verbatim
Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias normativas sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con: c) Deducciones en la cuota íntegra autonómica por: 1.º Circunstancias personales y familiares, por inversiones no empresariales y por aplicación de renta, siempre que no supongan, directa o indirectamente, una minoración del gravamen efectivo de alguna o algunas categorías de renta.
Art. 46.1.c) · Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común · BOE núm. 305 de 19 de diciembre de 2009

Cómo encadenar deducciones y ayudas

La cadena de incentivos fiscales y subvenciones se aplica en este orden:

  1. Comprobar el punto de partida subvencional: los programas Next Generation cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026 —el RD 326/2026 prorroga solo la ejecución de los expedientes ya concedidos de los programas de edificio y barrio—; el estado actual y las convocatorias autonómicas que sigan abiertas están en la guía Next Generation.
  2. Ejecutar la obra y conservar todos los justificantes (facturas desglosadas, certificados energéticos antes y después).
  3. Si tu expediente quedó concedido a tiempo, justificar la ayuda y cobrarla; descontar la cuantía recibida de la base imponible para el cálculo de las deducciones IRPF.
  4. Aplicar la deducción del IRPF estatal del RD-Ley 19/2021 (20-60 % según mejora acreditada) en la declaración correspondiente al ejercicio del pago.
  5. Aplicar la deducción autonómica de Cataluña sobre la cantidad no subvencionada (acumulable a la estatal).

Combinadas correctamente —la subvención en los expedientes que llegaron a tiempo, más las dos deducciones—, las tres líneas pueden reducir el coste fiscal efectivo de una rehabilitación con mejora energética acreditada al 20-35 % del coste bruto de obra; sin subvención, las dos deducciones siguen siendo acumulables. Para el detalle de licencias en tu comunidad, consulta la ficha de licencias en Cataluña.

Marco fiscal de las comunidades limítrofes

Si te mueves entre comunidades, los porcentajes y umbrales de la deducción autonómica IRPF (o su ausencia) varían sensiblemente entre territorios vecinos: conviene comparar antes de decidir dónde fijar la vivienda habitual fiscal.

Términos del glosario relevantes en IRPF Cataluña

Tramos de deducción IRPF, organismos fiscales autonómicos y conceptos clave para articular el paquete fiscal con Next Generation y bonificación municipal.

Reformar en Cataluña: el expediente completo

La deducción es solo una de las piezas del expediente. Estas son las demás fichas de Cataluña, desde la licencia que habilita la obra hasta el certificado energético que acredita el ahorro.

Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Estas son las fichas de las capitales de Cataluña:

Preguntas frecuentes

¿Es compatible la deducción autonómica de Cataluña con la estatal del 20-60 %?

Sí. La deducción autonómica IRPF se aplica sobre la base imponible autonómica, mientras que la estatal del RD-Ley 19/2021 se aplica sobre la base imponible estatal. Ambas son acumulables. La cantidad efectivamente pagada por el contribuyente (descontadas las subvenciones públicas recibidas) es la base de partida de ambas deducciones.

¿Qué pasa si la obra se inicia en un ejercicio y se paga en el siguiente?

La deducción se aplica en el ejercicio fiscal en que se realiza el pago efectivo, no cuando se factura ni cuando se ejecuta la obra. Si la obra se ejecuta en 2026 pero el último pago se hace en febrero de 2027, esa última cantidad se deduce en la declaración de la renta de 2027. Por eso conviene programar los pagos de obra de forma que el grueso quede dentro del ejercicio fiscal de aplicación si se acerca a los topes anuales.

¿Hay que adjuntar facturas a la declaración?

No se adjuntan en la presentación, pero hay que conservarlas para el caso de comprobación posterior por la Hacienda autonómica o estatal. La regla es conservar todos los justificantes (factura desglosada por capítulos de obra, certificado de empadronamiento, certificado energético si aplica) durante 4 años desde la fecha de la declaración. Algunas comunidades autónomas exigen además presentar una declaración informativa específica complementaria.

¿Y si la vivienda no es habitual sino de inversión / alquiler?

La mayoría de las deducciones autonómicas IRPF aquí recogidas se aplican exclusivamente a vivienda habitual del titular. Para vivienda en alquiler con rendimiento del capital inmobiliario, los gastos de reforma son deducibles como gasto en el rendimiento del alquiler, sujeto a otras reglas del IRPF estatal. La articulación cruzada entre deducción por inversión en vivienda habitual y gasto deducible por arrendamiento la cubrimos en /tramites/fiscal/.