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Certificado de Eficiencia Energética (CEE)
Documento oficial que califica el comportamiento energético de una vivienda mediante una letra de A (mejor, mayor eficiencia) a G (peor, menor eficiencia). Es obligatorio para vender o alquilar cualquier inmueble en España, tiene una vigencia de diez años y suele costar entre 80 y 200 euros según superficie y CCAA.
El certificado de eficiencia energética se elabora por técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico) que visita la vivienda, toma datos de la envolvente (fachada, cubierta, suelo, ventanas), del sistema de calefacción y refrigeración, y los introduce en programas oficiales reconocidos como CE3X, HULC o CERMA. El programa calcula la demanda y consumo energético anual y emite la letra de calificación correspondiente.
La calificación tiene dos vertientes: por un lado, la calificación de demanda (eficiencia de la envolvente) y, por otro, la calificación de emisiones (CO₂ asociado al consumo). En el documento aparece tanto la letra global como las parciales por concepto. El CEE incluye además recomendaciones de mejora con su impacto estimado: pasar de E a B mediante aerotermia más SATE, por ejemplo.
Es obligatorio en cuatro casos: venta o alquiler de vivienda (debe entregarse al comprador o inquilino y registrarse en el órgano autonómico competente), edificios de obra nueva, reformas integrales que afecten a más del 25 % de la envolvente, e intervenciones que cambien el uso del edificio. Carecer de CEE en transacciones inmobiliarias puede acarrear sanciones de hasta 6.000 euros según la normativa autonómica de aplicación.
Para acceder a las ayudas Next Generation hay que aportar dos certificados: uno previo (estado actual de la vivienda) y otro posterior (tras la rehabilitación) que acredite mejora de al menos dos letras CEE o reducción equivalente de demanda. La deducción del IRPF del RD-Ley 19/2021 también exige acreditación con CEE. Es por tanto el documento que articula casi todas las ventajas fiscales y subvenciones de eficiencia energética en vivienda.
La regulación está en el RD 390/2021 que sustituyó al RD 235/2013, el cual fue derogado parcialmente. Cada comunidad autónoma mantiene su propio registro de certificados y técnicos habilitados; conviene consultar el de la comunidad correspondiente antes de contratar.
El proceso completo, desde encargo del técnico hasta inscripción en registro autonómico, suele tomar entre 7 y 15 días: visita técnica de 60-90 minutos para toma de datos, elaboración del informe con software CE3X o HULC (1-2 días), registro telemático con firma electrónica (24-48 horas en la mayoría de comunidades). Las tasas de registro autonómico oscilan entre 12 € (La Rioja) y 35 € (Cataluña, Madrid). La caducidad es de 10 años; renovar antes del vencimiento exige nueva visita técnica si ha habido reformas en envolvente o instalaciones, o simple renovación documental si la vivienda no ha cambiado. El RD 390/2021 obliga al vendedor a aportar copia del CEE al comprador antes de elevar a escritura pública ante notario.
Fuentes oficiales
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