Deducción IRPF en
Comunidad de Madrid 2026.
Situación real del marco IRPF para reforma de vivienda habitual en Comunidad de Madrid en 2026: cuándo se aplica, cuándo no, y qué alternativas fiscales y subvencionales tienen los madrileños que rehabilitan. Marco legal: Decreto Legislativo 1/2010 modificado por Ley 11/2024.
Tramos vigentes
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Porcentaje máximo
Sin deducción libre
Compatible estatal
Sí (acumulable)
Madrid · Deducción autonómica IRPF máxima por rehabilitación 0 %
Peculiaridades de la deducción en Comunidad de Madrid
Madrid es, junto con Andalucía, una de las grandes comunidades del régimen común que no ha articulado ninguna deducción autonómica del IRPF específica para la reforma o rehabilitación de la vivienda habitual. Es una precisión que el contribuyente madrileño necesita escuchar con claridad, porque el ruido informativo es considerable: numerosos blogs y portales generalistas atribuyen a la Comunidad de Madrid una deducción por rehabilitación que no figura en su normativa de tributos cedidos. Lo que recoge el Decreto Legislativo 1/2010 son deducciones de vivienda de otra naturaleza —por arrendamiento de la vivienda habitual, por intereses de préstamo para jóvenes menores de 30 años, por adquisición de vivienda en municipios en riesgo de despoblación—, ninguna de las cuales cubre la obra de reforma del propietario que ya reside en su casa. El madrileño que reforma su piso en 2026 dispone, por tanto, de dos palancas reales. La primera es la deducción estatal del RD-Ley 19/2021, que premia con porcentajes del 20 %, 40 % o 60 % las obras que reduzcan la demanda o el consumo de energía primaria no renovable y que está vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 para vivienda habitual y arrendada (el tramo del 60 %, propio de actuaciones de edificio completo, alcanza los pagos hasta el 31 de diciembre de 2027). La segunda son las subvenciones directas de los programas Next Generation gestionados por la Comunidad de Madrid (Plan Rehabilita y líneas del PRTR), que pueden cubrir porcentajes elevados del coste subvencionable en rehabilitación de barrios, eficiencia energética y accesibilidad. La recomendación práctica al madrileño que reforma en 2026 es encajar la obra en el marco estatal de eficiencia energética y solicitar la subvención autonómica antes de iniciar la obra, en lugar de esperar un incentivo autonómico del IRPF que no existe.
Urbano sin deducción a la reforma: Madrid se apoya en la vía estatal
La Comunidad de Madrid no recoge ninguna deducción autonómica del IRPF por reforma o rehabilitación de la vivienda habitual: sus deducciones de vivienda se dirigen al arrendamiento y a los intereses del préstamo de los jóvenes, no a la obra del propietario residente. Quien reforma en Madrid se apoya, por tanto, en la deducción estatal del RD-Ley 19/2021 por mejora de la eficiencia energética —el 20 %, 40 % o 60 % según el alcance de la obra y la mejora acreditada del certificado energético— y en las subvenciones directas del PRTR mientras estuvieron abiertas. Es la situación de buena parte de las grandes áreas urbanas del régimen común, donde el incentivo autonómico a la reforma libre es inexistente o testimonial y la palanca fiscal real es la estatal.
Sin deducción autonómica específica para reforma libre
En 2026, Comunidad de Madrid no aplica una deducción autonómica IRPF dirigida de forma general a la reforma o rehabilitación de vivienda habitual para el caso del propietario tipo. Esto significa, en términos prácticos, que el propietario que rehabilita su vivienda en este territorio dispone únicamente del marco estatal del RD-Ley 19/2021 (deducción por mejora energética verificable: 20 % y 40 % en vivienda habitual y arrendada hasta el 31-12-2026, y 60 % en edificio completo hasta el 31-12-2027) y de las alternativas fiscales y subvencionales que enumeramos más abajo.
Régimen aplicable
La Comunidad de Madrid no recoge en su normativa de tributos cedidos (Decreto Legislativo 1/2010) ninguna deducción autonómica del IRPF dirigida a la reforma o rehabilitación de la vivienda habitual. El propietario que reforma en Madrid se apoya en la deducción estatal por eficiencia energética y, en su caso, en las deducciones madrileñas de vivienda que sí existen (arrendamiento, intereses de préstamo para jóvenes menores de 30 años, adquisición en municipios en riesgo de despoblación), ninguna de las cuales cubre la reforma libre.
Alternativas fiscales en lugar de la deducción autonómica
Otros instrumentos fiscales y de subvención disponibles en Comunidad de Madrid para quien rehabilita su vivienda habitual y no encuentra deducción IRPF directa por el caso general.
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Deducción estatal por eficiencia energética
RD-Ley 19/2021: deducción del 20 %, 40 % o 60 % sobre la inversión en obras que reduzcan la demanda o el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda habitual o arrendada. Vigente hasta el 31-12-2026 (viviendas) y 31-12-2027 (edificios residenciales, tramo del 60 %).
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Deducciones madrileñas de arrendamiento e intereses jóvenes
La Comunidad de Madrid sí deduce el arrendamiento de la vivienda habitual y los intereses de préstamo de jóvenes menores de 30 años, pero ninguna de estas deducciones cubre la obra de reforma del propietario residente.
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Plan Rehabilita Madrid y programas PRTR
Subvenciones directas a la rehabilitación residencial y a la mejora de eficiencia energética gestionadas por la Comunidad de Madrid en el marco de los fondos Next Generation.
Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias normativas sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con: c) Deducciones en la cuota íntegra autonómica por: 1.º Circunstancias personales y familiares, por inversiones no empresariales y por aplicación de renta, siempre que no supongan, directa o indirectamente, una minoración del gravamen efectivo de alguna o algunas categorías de renta.
Cómo encadenar deducciones y ayudas
Sin deducción autonómica IRPF directa para reforma libre, la cadena de incentivos en Comunidad de Madrid opera con dos palancas principales:
- Comprobar si alguna convocatoria autonómica propia sigue abierta (las alternativas fiscales reseñadas más arriba): los programas Next Generation cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026 y solo continúa la ejecución de los expedientes ya concedidos.
- Ejecutar la obra y conservar todos los justificantes (facturas desglosadas, certificados energéticos antes y después).
- Justificar la ayuda y descontar la cuantía recibida de la base de la deducción IRPF estatal.
- Aplicar la deducción del IRPF estatal del RD-Ley 19/2021 (20-60 % según mejora acreditada).
Para el detalle de licencias en tu comunidad, consulta la ficha de licencias en Comunidad de Madrid.
Marco fiscal de las comunidades limítrofes
Si te mueves entre comunidades, los porcentajes y umbrales de la deducción autonómica IRPF (o su ausencia) varían sensiblemente entre territorios vecinos: conviene comparar antes de decidir dónde fijar la vivienda habitual fiscal.
Términos del glosario relevantes en IRPF Comunidad de Madrid
Tramos de deducción IRPF, organismos fiscales autonómicos y conceptos clave para articular el paquete fiscal con Next Generation y bonificación municipal.
Reformar en Comunidad de Madrid: el expediente completo
La deducción es solo una de las piezas del expediente. Estas son las demás fichas de Comunidad de Madrid, desde la licencia que habilita la obra hasta el certificado energético que acredita el ahorro.
- Ayudas autonómicas a la rehabilitación Qué se convocó y qué organismo lo gestiona
- Licencias de obra Plazos, ICIO y declaración responsable
- Impuesto de transmisiones (ITP) Tipo general y tipos reducidos
- Certificado de eficiencia energética Registro autonómico, tasa y plazo
Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Esta es la ficha de Madrid:
Preguntas frecuentes
¿Es compatible la deducción autonómica de Comunidad de Madrid con la estatal del 20-60 %?
Sí. La deducción autonómica IRPF se aplica sobre la base imponible autonómica, mientras que la estatal del RD-Ley 19/2021 se aplica sobre la base imponible estatal. Ambas son acumulables. La cantidad efectivamente pagada por el contribuyente (descontadas las subvenciones públicas recibidas) es la base de partida de ambas deducciones.
¿Qué pasa si la obra se inicia en un ejercicio y se paga en el siguiente?
La deducción se aplica en el ejercicio fiscal en que se realiza el pago efectivo, no cuando se factura ni cuando se ejecuta la obra. Si la obra se ejecuta en 2026 pero el último pago se hace en febrero de 2027, esa última cantidad se deduce en la declaración de la renta de 2027. Por eso conviene programar los pagos de obra de forma que el grueso quede dentro del ejercicio fiscal de aplicación si se acerca a los topes anuales.
¿Hay que adjuntar facturas a la declaración?
No se adjuntan en la presentación, pero hay que conservarlas para el caso de comprobación posterior por la Hacienda autonómica o estatal. La regla es conservar todos los justificantes (factura desglosada por capítulos de obra, certificado de empadronamiento, certificado energético si aplica) durante 4 años desde la fecha de la declaración. Algunas comunidades autónomas exigen además presentar una declaración informativa específica complementaria.
¿Y si la vivienda no es habitual sino de inversión / alquiler?
La mayoría de las deducciones autonómicas IRPF aquí recogidas se aplican exclusivamente a vivienda habitual del titular. Para vivienda en alquiler con rendimiento del capital inmobiliario, los gastos de reforma son deducibles como gasto en el rendimiento del alquiler, sujeto a otras reglas del IRPF estatal. La articulación cruzada entre deducción por inversión en vivienda habitual y gasto deducible por arrendamiento la cubrimos en /tramites/fiscal/.