Ficha autonómica Actualizado 2026-06-25 interior norte

Ayudas a la rehabilitación en
Comunidad de Madrid 2026.

Convocatoria gestionada por Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras. Programa con mayor peso: Programa 3 (edificios). Estado de la convocatoria: Plazo de solicitud cerrado (Programas 4 y 5 el 30 de junio de 2023; Programa 3 prorrogado al 31 de diciembre de 2023).

Ilustración editorial de arquitectura tradicional de Comunidad de Madrid con paleta tierra-cobre, escena de rehabilitación residencial
Patrimonio residencial y rehabilitación en Comunidad de Madrid Ilustración editorial

Boletín oficial

BOCM

Convocatoria 2026

cerrada

Dotación convocatoria

Consulta la convocatoria

Madrid · Convocatoria Next Generation: consulta el importe en el boletín oficial

Peculiaridades de la convocatoria en Comunidad de Madrid

Madrid presenta una densidad urbana muy concentrada que da peso al Programa 3 (edificios completos), con participación elevada de comunidades de propietarios en distritos centrales y barrios anteriores a 1980 (Centro, Salamanca, Chamberí, Tetuán, Carabanchel, Puente de Vallecas y Latina). La convocatoria de rehabilitación residencial Next Generation (Programas 3, 4 y 5) se aprobó por la Orden 1429/2022, de 27 de mayo (BOCM núm. 128 de 31 de mayo de 2022); su plazo de presentación de solicitudes está cerrado (Programas 4 y 5 el 30 de junio de 2023, Programa 3 prorrogado al 31 de diciembre de 2023). La Comunidad vinculó la subvención del Programa 3 a un compromiso de no convertir la vivienda en alquiler turístico durante los diez años posteriores a la concesión. En el plano municipal, el ICIO de Madrid capital se sitúa en el 3,75 %, cerca del techo legal del 4 % que fija el artículo 102.3 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, y existe una bonificación de hasta el 95 % por incorporar sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar (Ordenanza Fiscal reguladora del ICIO; art. 103.2.b del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales), no por obtener una determinada letra del certificado energético. En el IRPF, la Comunidad de Madrid no dispone de una deducción autonómica por reforma o rehabilitación de vivienda habitual: la palanca fiscal aplicable es la deducción estatal por obras de mejora de la eficiencia energética (20 %, 40 % o 60 % según el ahorro acreditado). Las viviendas en barrios protegidos del centro histórico requieren informe del Área de Patrimonio del Ayuntamiento, con un plazo medio de 6 a 9 semanas.

Continental con inviernos exigentes: aislamiento + biomasa o aerotermia

Madrid, Castilla y León, Aragón y La Rioja comparten clima continental con inviernos fríos y zonas climáticas D y E del CTE. La baremación premia la combinación de SATE en fachada y cubierta con caldera de biomasa o aerotermia, técnicas con la mejor amortización a largo plazo en estas latitudes. En el plano fiscal hay diferencias notables: Castilla y León dispone de una deducción autonómica del IRPF del 15 % por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes menores de 36 años en municipios de hasta 10.000 habitantes (Decreto Legislativo 1/2013), y La Rioja del 5 % por vivienda habitual en pequeños municipios incluidos en su lista cerrada (art. 32.2 de la Ley 10/2017). La Comunidad de Madrid, en cambio, no tiene deducción autonómica por reforma o rehabilitación: el madrileño accede a la deducción estatal por mejora de la eficiencia energética y, en su municipio, a las bonificaciones del ICIO por energía solar que fije la ordenanza fiscal.

Programa principal en Comunidad de Madrid

P3

Rehabilitación a nivel de edificio

Cuantía máxima
40-80 % del coste según ahorro energético acreditado
Plazo de ejecución
18 meses desde concesión
Condición específica de Comunidad de Madrid
Comunidad de propietarios. Compromiso de uso residencial principal durante 10 años. Bonificación municipal del ICIO en Madrid capital de hasta el 95 % por incorporar sistemas de aprovechamiento de energía solar

Cuantías marco por programa (RD 853/2021)

Las convocatorias autonómicas cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026. Estas cuantías marco siguen siendo la referencia para los expedientes concedidos en plazo y su justificación.

Programa Cuantía Condición
Programa 3 — Edificios completos 40-80 % del coste según ahorro energético acreditado Comunidad de propietarios o edificio unifamiliar con ≥30 % de mejora energética
Programa 4 — Vivienda individual Hasta 3.000 € por vivienda (40 % del coste, máx. 7.500 € si se mejora ≥2 letras CEE) Vivienda habitual con mejora térmica acreditada
Programa 5 — Libro del Edificio Existente Hasta 700 € + 60 € por vivienda Edificio plurifamiliar que elabore Libro del Edificio para rehabilitar

Cuantías marco del Real Decreto 853/2021 (BOE núm. 239 de 6 de octubre 2021). Comunidad de Madrid aplica modulaciones en baremación según se detalla en Orden 1429/2022, de 27 de mayo (BOCM núm. 128 de 31 de mayo de 2022).

Boletín oficial · cita verbatim
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Art. 2 · Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre · BOE núm. 239 de 6 de octubre de 2021

Comunidades limítrofes

Si te mueves entre comunidades, conviene comparar la convocatoria de tu zona con las de los territorios vecinos: cuantías, plazos y condiciones varían entre ellas.

Términos del glosario relevantes en Comunidad de Madrid

Organismos, normativa y conceptos clave que aparecen en la convocatoria Next Generation de Comunidad de Madrid, con definición ampliada y fuentes oficiales en el glosario.

Reformar en Comunidad de Madrid: el expediente completo

Cerrada la vía de la subvención, el resto del expediente sigue su curso. Estas son las demás fichas de Comunidad de Madrid, con la deducción del IRPF como incentivo vigente.

Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Esta es la ficha de Madrid:

Preguntas frecuentes

¿Quién gestiona las ayudas Next Generation en Comunidad de Madrid?

Las gestiona Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, organismo competente del gobierno autonómico. Las convocatorias se publican en el BOCM (boletín oficial autonómico) y los expedientes se tramitan a través del organismo o sus oficinas territoriales.

¿Puedo solicitar todavía la ayuda?

No: las convocatorias autonómicas del RD 853/2021 cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026. Estado de la convocatoria: Plazo de solicitud cerrado (Programas 4 y 5 el 30 de junio de 2023; Programa 3 prorrogado al 31 de diciembre de 2023). El RD 326/2026 prorrogó únicamente los plazos de ejecución y justificación de los programas 1, 2, 3 y 6 para expedientes ya concedidos; los programas 4 y 5 quedaron fuera de la prórroga. Si tienes expediente concedido, consulta sus plazos en la resolución y el estado actualizado en BOCM.

¿Puedo combinar la ayuda con la deducción IRPF?

Sí, son compatibles. La deducción del IRPF (RD-Ley 19/2021) se aplica sobre la cantidad efectivamente pagada por el contribuyente, es decir, sobre la base no subvencionada. Si la ayuda Next Generation cubre el 50 % de una obra de 20.000 €, la deducción IRPF se aplica sobre los 10.000 € pagados por ti, no sobre el coste total.

¿Se necesitaba licencia municipal para solicitar?

Sí, en la mayoría de las convocatorias: el organismo autonómico exigía adjuntar a la solicitud la licencia de obra o la declaración responsable presentada en el ayuntamiento, e iniciar la obra antes de presentar la solicitud invalidaba la ayuda. Si tu expediente está concedido y pendiente de justificar, esa licencia o declaración responsable sigue formando parte de la documentación del expediente.