Qué hay hoy en Aragón
El Gobierno de Aragón gestionó el programa 6 de incentivos a las renovables térmicas en el sector residencial a través de la Dirección General de Energía y Minas. Pagaba la aerotermia aire-agua con el módulo del Real Decreto 477/2021, 500 € por kilovatio con un máximo de 3.000 € por vivienda, exigía un rendimiento estacional superior a 2,5 y excluía los equipos aire-aire. Admitió solicitudes del 13 de diciembre de 2021 al 31 de diciembre de 2023 y no ha tenido sucesor: a 12 de octubre de 2026 no hemos localizado ninguna convocatoria autonómica, ni con fondos europeos ni propia, que subvencione la bomba de calor en una vivienda.
La ayuda más concreta es municipal y es fiscal. La ordenanza del ICIO de Zaragoza bonifica un 95 % las obras de eficiencia energética que incorporan renovables en las instalaciones térmicas, si el edificio sube al menos una letra y la obra no es obligatoria por normativa. No nombra la bomba de calor, así que conviene confirmar con el Ayuntamiento que la aerotermia cuenta como renovable antes de pedir la licencia: si cuenta, el impuesto de la obra queda en el 5 % de lo que sería.
Aragón no tiene deducción autonómica por obras de eficiencia. La vía general es la deducción estatal del 40 %, que exige reducir un 30 % el consumo de energía primaria no renovable con certificados energéticos de antes y de después, y pagar antes del 31 de diciembre de 2026.
Programas para la aerotermia en Aragón
Programa 6 de incentivos: instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial (aerotermia aire-agua, solar térmica, biomasa y geotermia)
Cerrada- Cuantía
- Módulo de ayuda del Real Decreto 477/2021 para instalaciones aerotérmicas aire-agua de climatización y/o agua caliente sanitaria: 500 euros por kW instalado, con un máximo de 3.000 euros por vivienda.
- Quién
- Personas y entidades titulares de viviendas, en los términos del Real Decreto 477/2021 (el trámite también menciona a ayuntamientos, diputaciones y entidades públicas).
- Requisitos
- Instalaciones renovables térmicas para climatización o agua caliente sanitaria en viviendas; quedan excluidas las tecnologías aire-aire; las bombas de calor accionadas eléctricamente deben tener un SPF superior a 2,5; proyecto o memoria técnica según el RITE.
- Plazo
- Solicitudes del 13/12/2021 al 31/12/2023; el plazo terminó el 31 de diciembre de 2023 y no figura una convocatoria posterior de este programa.
- Norma
- Real Decreto 477/2021, de 29 de junio (programa de incentivos 6), gestionado en Aragón mediante el trámite 6603 de la sede del Gobierno de Aragón (30 de junio de 2021)
La vía que sigue abierta: deducir el 40 % en el IRPF
Aunque no haya subvención abierta, la aerotermia puede desgravar en la declaración de la renta por la disposición adicional 50.ª de la Ley del IRPF, pero en un tramo concreto. El del 20 % premia reducir la demanda de calefacción y refrigeración, y la demanda depende del aislamiento y las ventanas, no del aparato que produce el calor: cambiar la caldera por una bomba de calor no la mueve. El tramo que encaja es el del 40 %, que exige reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o llevar la vivienda a la letra A o B, con una base de 7.500 € al año: hasta 3.000 € de deducción. Lo acredita un técnico con un certificado energético anterior a la obra y otro posterior.
Solo cuentan los pagos hechos hasta el 31 de diciembre de 2026, nunca en efectivo, y el certificado posterior tiene que expedirse antes del 1 de enero de 2027. De la base se descuenta lo que haya cubierto una subvención. Si la bomba de calor la instala la comunidad de propietarios para todo el edificio y el edificio reduce un 30 % su consumo de energía primaria no renovable, cada propietario puede deducir el 60 % de lo que pague hasta el 31 de diciembre de 2027, con 5.000 € de base al año. El detalle está en la guía de deducciones del IRPF en Aragón.
¿Hay además deducción autonómica?
Aragón no tiene deducción autonómica aplicable a la aerotermia: la suya por vivienda se reserva a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en núcleos rurales. La vía es la estatal del 40 %.
Los certificados de ahorro energético: dinero de una empresa, no de la Administración
Hay una vía que funciona en toda España y que no depende de convocatorias: el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) del Real Decreto 36/2023. Las comercializadoras y otras empresas energéticas están obligadas a acreditar ahorros de energía, y pueden comprar los que consigue tu obra. El catálogo oficial incluye una ficha estandarizada para sustituir una caldera de combustión por una bomba de calor eléctrica, la RES060, y otras para hibridar la caldera con una bomba de calor. El ahorro se cede firmando un convenio CAE con la empresa que lo compra o con un intermediario, antes o después de la obra, y un verificador acreditado lo comprueba.
No hay una cuantía oficial: el precio lo pactan las partes, a menudo a través del instalador, así que conviene pedir la oferta por escrito antes de contratar. En julio de 2026 el Ministerio para la Transición Ecológica sometió a audiencia pública una resolución que multiplicaría el valor de ese ahorro al cambiar una caldera de gas o gasóleo por una bomba de calor: por dos en viviendas unifamiliares y pisos, por tres en bloques con calefacción central y por cuatro cuando un bloque sustituye las calderas individuales por una bomba de calor centralizada. Se aplicaría a obras iniciadas desde el 22 de marzo de 2026, con expedientes a partir del 2 de enero de 2027. A 12 de octubre de 2026 no consta publicada la resolución definitiva.
Lo que pagará el Plan Estatal 2026-2030
Poco para una aerotermia aislada. En una vivienda de un edificio colectivo, el Real Decreto 326/2026 solo subvenciona obras en la envolvente, la eliminación del radón y la retirada de amianto (artículo 107.2): el equipo de calefacción no entra. En la rehabilitación de un edificio entero o de una vivienda unifamiliar sí pueden entrar las instalaciones, pero a condición de que la envolvente cumpla el Código Técnico o se adapte en la misma obra, y el plan excluye expresamente los generadores de combustible fósil (artículo 98.3). Lo convoca cada comunidad, y a 12 de octubre de 2026 ninguna de régimen común lo había hecho.
Antes de encargar la obra
Pide el certificado energético antes de tocar la caldera: sin él no hay deducción, y las convocatorias suelen exigir que la obra no haya empezado al solicitar la ayuda. Ojo con el IVA: el 10 % de las obras de renovación solo se aplica si los materiales que aporta el instalador no superan el 40 % de la base, y en una aerotermia el equipo suele ser la partida principal, así que comprueba el desglose antes de aceptar un presupuesto al 10 % (guía del IVA en reformas). Para saber cuánto cuesta y cuánto gastará, tienes la guía del precio de la aerotermia, la del consumo real y la calculadora de amortización.
Otras ayudas y avisos
- Zaragoza: la ordenanza fiscal del ICIO bonifica un 95 % las obras de eficiencia energética que sustituyan o incorporen fuentes de energía renovable en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización y agua caliente, siempre que el edificio mejore al menos una letra su calificación energética y la obra no sea obligatoria por normativa. La ordenanza no nombra la bomba de calor: pregunta al Ayuntamiento si la considera renovable antes de pedir la licencia. Su modificación para 2027 está en información pública hasta el 17 de noviembre de 2026. (fuente)
Fuentes
- Gobierno de Aragón - Dirección General de Energía y Minas (órgano responsable del Programa 6 de renovables térmicas en vivienda)
- Deducciones autonómicas del IRPF de Aragón
- Zaragoza: la ordenanza fiscal del ICIO bonifica un 95 % las obras de eficiencia energética
- Ley 35/2006 del IRPF — disposición adicional 50.ª (BOE)
- Real Decreto 36/2023, sistema de Certificados de Ahorro Energético (BOE)
- Catálogo de fichas de actuaciones estandarizadas de ahorro energético, fichas RES060 y RES090-RES099 (BOE)
- Ministerio para la Transición Ecológica: audiencia pública de los coeficientes para bombas de calor (julio de 2026)
- Real Decreto 326/2026, Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (BOE)
Guía divulgativa, no asesoramiento fiscal ni técnico. Comprueba el plazo en el boletín oficial antes de encargar la obra, y que la instalación la diseñe y la registre una empresa habilitada en instalaciones térmicas.