Qué hay hoy en La Rioja
La Dirección General de Urbanismo y Vivienda convocó en febrero de 2026, con la Resolución 69/2026 y 5,27 millones de euros, las ayudas a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual, el último tramo riojano del programa 4 de Next Generation. Entre las actuaciones subvencionables estaban las bombas de calor de aerotermia. Pagaba el 40 % del coste con un máximo de 3.000 € por solicitud, para obras iniciadas después del 2 de noviembre de 2023 y ya terminadas al pedir la ayuda, que hubieran reducido al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración o un 30 % el consumo de energía primaria no renovable. El plazo fue del 17 de febrero al 29 de junio de 2026.
La otra convocatoria riojana de renovables térmicas, la del Gobierno con fondos de recuperación, amplió su plazo hasta el 31 de julio de 2024 y está cerrada; además estaba pensada para quien ejerce una actividad económica, no para el particular. La ADER mantiene abierta hasta el 30 de octubre de 2026 una línea de economía circular que incluye bombas de calor, pero es solo para empresas. En Logroño, las bonificaciones del IBI y del ICIO se refieren a los sistemas solares.
La Rioja no tiene deducción autonómica aplicable a la aerotermia: sus deducciones de vivienda son para menores de 36 años y pequeños municipios. La vía es la estatal del 40 %, que, a diferencia de la ayuda de 2026, no exige que la obra esté terminada al pedir nada: basta con pagar antes del 31 de diciembre de 2026 y tener el certificado posterior antes del 1 de enero de 2027.
Programas para la aerotermia en La Rioja
Ayudas a la mejora de la eficiencia energética en viviendas 2026, que incluyen la instalación de bombas de calor de aerotermia
Cerrada- Cuantía
- Hasta el 40 % del coste de la actuación, con un máximo de 3.000 € por solicitud; dotación de 5,27 millones de euros
- Quién
- Personas que han realizado obras de mejora energética en su vivienda habitual y permanente
- Requisitos
- Vivienda habitual y permanente; reducción de la demanda de calefacción y refrigeración de al menos el 7 % o del consumo de energía primaria no renovable de al menos el 30 %; actuaciones iniciadas después del 2 de noviembre de 2023 y finalizadas al solicitar
- Plazo
- Del 17 de febrero al 29 de junio de 2026
- Norma
- Resolución 69/2026, de 11 de febrero, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y lucha contra la despoblación (11 de febrero de 2026)
La vía que sigue abierta: deducir el 40 % en el IRPF
Aunque no haya subvención abierta, la aerotermia puede desgravar en la declaración de la renta por la disposición adicional 50.ª de la Ley del IRPF, pero en un tramo concreto. El del 20 % premia reducir la demanda de calefacción y refrigeración, y la demanda depende del aislamiento y las ventanas, no del aparato que produce el calor: cambiar la caldera por una bomba de calor no la mueve. El tramo que encaja es el del 40 %, que exige reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o llevar la vivienda a la letra A o B, con una base de 7.500 € al año: hasta 3.000 € de deducción. Lo acredita un técnico con un certificado energético anterior a la obra y otro posterior.
Solo cuentan los pagos hechos hasta el 31 de diciembre de 2026, nunca en efectivo, y el certificado posterior tiene que expedirse antes del 1 de enero de 2027. De la base se descuenta lo que haya cubierto una subvención. Si la bomba de calor la instala la comunidad de propietarios para todo el edificio y el edificio reduce un 30 % su consumo de energía primaria no renovable, cada propietario puede deducir el 60 % de lo que pague hasta el 31 de diciembre de 2027, con 5.000 € de base al año. El detalle está en la guía de deducciones del IRPF en La Rioja.
¿Hay además deducción autonómica?
La Rioja no tiene deducción autonómica aplicable a la aerotermia: sus deducciones de vivienda son para menores de 36 años y pequeños municipios en compra o rehabilitación. La vía es la estatal del 40 %.
Los certificados de ahorro energético: dinero de una empresa, no de la Administración
Hay una vía que funciona en toda España y que no depende de convocatorias: el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) del Real Decreto 36/2023. Las comercializadoras y otras empresas energéticas están obligadas a acreditar ahorros de energía, y pueden comprar los que consigue tu obra. El catálogo oficial incluye una ficha estandarizada para sustituir una caldera de combustión por una bomba de calor eléctrica, la RES060, y otras para hibridar la caldera con una bomba de calor. El ahorro se cede firmando un convenio CAE con la empresa que lo compra o con un intermediario, antes o después de la obra, y un verificador acreditado lo comprueba.
No hay una cuantía oficial: el precio lo pactan las partes, a menudo a través del instalador, así que conviene pedir la oferta por escrito antes de contratar. En julio de 2026 el Ministerio para la Transición Ecológica sometió a audiencia pública una resolución que multiplicaría el valor de ese ahorro al cambiar una caldera de gas o gasóleo por una bomba de calor: por dos en viviendas unifamiliares y pisos, por tres en bloques con calefacción central y por cuatro cuando un bloque sustituye las calderas individuales por una bomba de calor centralizada. Se aplicaría a obras iniciadas desde el 22 de marzo de 2026, con expedientes a partir del 2 de enero de 2027. A 12 de octubre de 2026 no consta publicada la resolución definitiva.
Lo que pagará el Plan Estatal 2026-2030
Poco para una aerotermia aislada. En una vivienda de un edificio colectivo, el Real Decreto 326/2026 solo subvenciona obras en la envolvente, la eliminación del radón y la retirada de amianto (artículo 107.2): el equipo de calefacción no entra. En la rehabilitación de un edificio entero o de una vivienda unifamiliar sí pueden entrar las instalaciones, pero a condición de que la envolvente cumpla el Código Técnico o se adapte en la misma obra, y el plan excluye expresamente los generadores de combustible fósil (artículo 98.3). Lo convoca cada comunidad, y a 12 de octubre de 2026 ninguna de régimen común lo había hecho.
Antes de encargar la obra
Pide el certificado energético antes de tocar la caldera: sin él no hay deducción, y las convocatorias suelen exigir que la obra no haya empezado al solicitar la ayuda. Ojo con el IVA: el 10 % de las obras de renovación solo se aplica si los materiales que aporta el instalador no superan el 40 % de la base, y en una aerotermia el equipo suele ser la partida principal, así que comprueba el desglose antes de aceptar un presupuesto al 10 % (guía del IVA en reformas). Para saber cuánto cuesta y cuánto gastará, tienes la guía del precio de la aerotermia, la del consumo real y la calculadora de amortización.
Fuentes
- Servicio de Industria, Comercio y Transición Energética (Gobierno de La Rioja) y ADER; vivienda: Dirección General de Urbanismo y Vivienda
- Ayudas a la mejora de la eficiencia energética en viviendas 2026, que incluyen la instalación de bombas de calor de aerotermia
- Deducciones autonómicas del IRPF de La Rioja
- Ley 35/2006 del IRPF — disposición adicional 50.ª (BOE)
- Real Decreto 36/2023, sistema de Certificados de Ahorro Energético (BOE)
- Catálogo de fichas de actuaciones estandarizadas de ahorro energético, fichas RES060 y RES090-RES099 (BOE)
- Ministerio para la Transición Ecológica: audiencia pública de los coeficientes para bombas de calor (julio de 2026)
- Real Decreto 326/2026, Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (BOE)
Guía divulgativa, no asesoramiento fiscal ni técnico. Comprueba el plazo en el boletín oficial antes de encargar la obra, y que la instalación la diseñe y la registre una empresa habilitada en instalaciones térmicas.