Ficha autonómica Verificado 11 de octubre de 2026

Ayudas para la accesibilidad de la vivienda en Extremadura: ascensor, baño y rampas.

Extremadura no tiene abierta ninguna ayuda de accesibilidad en vivienda, pero prepara un programa propio para personas con discapacidad o dependencia, que ya pasó por consulta pública. Mientras, la Junta ha recurrido ante el Constitucional y el Supremo el Plan Estatal 2026-2030.

Plan Estatal 2026-2030

Convocatoria: Sin convocatoria localizada

Ayudas propias

3 localizadas

Deducción IRPF

No hay deducción específica

Qué hay hoy en Extremadura

La última convocatoria extremeña del programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, con fondos del Plan Estatal 2022-2025, tuvo plazo del 23 de octubre al 26 de noviembre de 2024: hasta el 60 % del coste, el 80 % con residentes con discapacidad o mayores de 65 años, con 12.500 € por vivienda unifamiliar, 9.000 € por vivienda en edificios y 6.000 € dentro de una vivienda, ampliables a 15.000 y 18.000 €. En 2026 la Junta abrió un programa de rehabilitación de vivienda en el ámbito rural, para municipios de hasta 10.000 habitantes, que incluía la accesibilidad entre sus obras y cuyo plazo de tres meses desde el 1 de marzo ya ha vencido.

La novedad es un programa autonómico de accesibilidad en viviendas para personas con discapacidad, en situación de dependencia, con movilidad reducida o mayores de 65 años: su proyecto de decreto salió a consulta pública del 2 al 16 de junio y se presentó al Consejo Asesor de Vivienda el 13 de julio, pero no tiene ni cuantías ni plazo publicados. Ojo con el Programa 2 de accesibilidad que convocó la Junta en octubre de 2025, con ascensores de hasta 60.000 €: excluye los edificios residenciales, así que no sirve a comunidades de vecinos.

La Junta ha llevado el Plan Estatal 2026-2030 a los tribunales, con un conflicto positivo de competencias ante el Tribunal Constitucional y un recurso ante el Supremo, lo que puede retrasar sus convocatorias en la región. Extremadura no tiene deducción en el IRPF por obras de accesibilidad.

El Plan Estatal 2026-2030 en Extremadura

Las ayudas de accesibilidad del Real Decreto 326/2026 no se piden al Ministerio: cada comunidad firma un convenio y abre su propia convocatoria (artículo 109). En la vía del edificio —comunidades de propietarios y viviendas unifamiliares— la accesibilidad, ascensor incluido, se subvenciona hasta el 70 % del coste con un tope de 13.000 € por vivienda, que sube a 18.000, 20.500 o 22.000 € según quién viva en el edificio y el alcance de la obra. En la vía de la vivienda de un edificio colectivo, la ayuda llega al 80 % con 15.000 € de tope si reside una persona con discapacidad del 33 % y 18.000 € con el 65 %.

Boletín oficial · cita verbatim
Ayudas estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas
Convocatoria

Programas propios de Extremadura

Programa autonómico de rehabilitación de vivienda en el ámbito rural (incluye obras de accesibilidad)

Cerrada
Cuantía
50 % del presupuesto protegido (70 % jóvenes, familia numerosa o monoparental, personas especialmente protegidas); tope 14.000 € por vivienda unifamiliar y 9.000 € por vivienda en edificio colectivo (interior). Crédito 4.000.000 € (2026-2029)
Quién
Titulares de viviendas unifamiliares o del interior de viviendas en edificios colectivos en municipios o núcleos de hasta 10.000 habitantes, finalizadas antes de 2006 (salvo obras exclusivamente de accesibilidad o eficiencia A)
Plazo
Tres meses desde el 1 de marzo de 2026 (vencido hacia el 1 de junio de 2026)
Norma
Decreto 177/2025, de 9 de diciembre (bases y primera convocatoria) (7 de enero de 2026)

Fuente oficial

Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas (ayudas estatales gestionadas por la Junta, RD 42/2022) - convocatoria 2024-2025

Cerrada
Cuantía
Hasta 12.500 € por vivienda unifamiliar; 9.000 € por vivienda y 90 €/m² de local en edificio colectivo; 6.000 € por vivienda en edificio colectivo; hasta 15.000 € con persona con discapacidad y 18.000 € con grado ≥ 33 %; +3.000 € en BIC o catalogados. Límite 60 % del presupuesto protegido (80 % con persona con discapacidad o mayor de 65 años)
Quién
Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares, comunidades de propietarios y personas propietarias de viviendas en edificios colectivos
Plazo
23/10/2024 a 26/11/2024 (la sede la marca como fuera de plazo; actualizada 15/06/2026)
Norma
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General (convocatoria); bases: Orden de 13 de septiembre de 2022 (15 de octubre de 2024)

Fuente oficial

Programa autonómico de accesibilidad en viviendas para personas con discapacidad o en situación de dependencia (proyecto de decreto con primera convocatoria)

Prevista
Cuantía
No publicada
Quién
Personas con discapacidad, en situación de dependencia, con movilidad reducida o mayores de 65 años (según la nota de prensa de la Junta)
Plazo
Sin plazo; consulta pública del 2 al 16 de junio de 2026 y presentación al Consejo Asesor de Vivienda el 13 de julio de 2026
Norma
Proyecto de decreto de bases reguladoras y primera convocatoria (sin publicar en el DOE a 11-10-2026) (13 de julio de 2026)

Fuente oficial

Ayudas individuales para adaptar la casa

No hemos localizado una línea de servicios sociales vigente para adaptar la vivienda de personas mayores o con discapacidad en Extremadura. Conviene preguntar en los servicios sociales del ayuntamiento, que en muchos municipios tienen ayudas propias de urgencia social para pequeñas adaptaciones.

Deducción en el IRPF

En la lista de deducciones autonómicas de Extremadura para la renta de 2025 no hay ninguna específica por obras de accesibilidad o de adaptación a la discapacidad, y la estatal se suprimió en 2013. Las obras de accesibilidad no desgravan por sí mismas; si además mejoran la eficiencia energética, pueden entrar en las deducciones estatales del 20, 40 o 60 %, que repasamos en la ficha del IRPF de Extremadura.

Si la obra es en el edificio

Un ascensor, una rampa o un salvaescaleras en el portal los decide la comunidad de propietarios, y la ley pone de parte del vecino que los necesita: si en su vivienda vive una persona con discapacidad o mayor de setenta años, la comunidad está obligada a hacer la obra siempre que lo repercutido al año, descontadas las ayudas, no pase de doce mensualidades de gastos comunes, y tiene que solicitar las ayudas que el vecino le indique. Desde el 23 de octubre de 2026, con la redacción de la Ley 4/2026, si las ayudas concedidas cubren el 70 % del coste la obra es obligatoria sin ese límite. Las mayorías para todo lo demás están en la guía sobre comunidad de propietarios y reforma, y lo que exige el Código Técnico dentro de casa, en la del baño accesible.

Además, en Extremadura

Fuentes

Guía divulgativa, no asesoramiento. Las convocatorias cambian: comprueba siempre el plazo en el boletín oficial antes de encargar la obra, porque la mayoría no admiten obras empezadas antes de pedir la ayuda.

Reformar en Extremadura: el expediente completo

Un ascensor o un baño adaptado también necesitan licencia, y a veces desgravan. Estas son las demás fichas de Extremadura, desde la licencia de obra hasta las deducciones del IRPF.

Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Estas son las fichas de las capitales de Extremadura:

Preguntas frecuentes

¿Sirve el Programa 2 de accesibilidad de Extremadura para el ascensor de mi comunidad?

No. La convocatoria de octubre de 2025, con 2,69 millones de euros y ascensores de hasta 60.000 €, excluye expresamente los edificios residenciales.

¿Por qué no se convocan en Extremadura las ayudas del Plan Estatal 2026-2030?

No hay convenio ni convocatoria localizados, y la Junta autorizó en el verano de 2026 un conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional y un recurso ante el Supremo contra el Real Decreto 326/2026.

Todas las comunidades en la guía de ayudas a la accesibilidad en la vivienda.