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ZARP (Zona de Actuación Rural Prioritaria)

Denominación de la política antidespoblación de Extremadura para los municipios pequeños con riesgo demográfico. En ellos, la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual puede acceder a la deducción autonómica del IRPF; la lista de municipios y las condiciones concretas las fija y actualiza la Junta de Extremadura.

Las Zonas de Actuación Rural Prioritaria (ZARP) son la denominación que la política antidespoblación de Extremadura aplica a los municipios pequeños con pérdida sostenida de población. La comunidad concentra en ellos los incentivos a la fijación de población, entre ellos los ligados a la adquisición y rehabilitación de vivienda habitual. La delimitación concreta de municipios y las condiciones vigentes las fija y actualiza la Junta de Extremadura, por lo que conviene consultar el Diario Oficial de Extremadura (DOE) y el portal tributario autonómico antes de planificar una operación.

En el IRPF, Extremadura aplica una deducción autonómica por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual situada en municipios pequeños (de menos de 3.000 habitantes) del 10 %, conforme al Decreto Legislativo 1/2018 que refunde las disposiciones legales en materia de tributos cedidos. No existe un tramo del 15 %: el detalle de porcentaje, base máxima y requisitos figura en la ficha de la deducción autonómica del IRPF de Extremadura de este sitio, alineada con el Manual de Renta de la Agencia Tributaria.

Esta deducción autonómica se acumula a la deducción estatal del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética (RD-Ley 19/2021), que se aplica sobre la base no subvencionada y es independiente del lugar de residencia. La planificación correcta de la cadena —licencia o declaración responsable, solicitud de la ayuda antes de iniciar la obra, ejecución, justificación y aplicación de las deducciones en la declaración del ejercicio siguiente— es lo que maximiza el ahorro fiscal total.

Para la rehabilitación en estos municipios, las ayudas estatales del PRTR (Next Generation) se solicitan ante la consejería competente; el plazo de ejecución de las obras se extiende, según el programa, hasta el 30 de junio de 2026. Conviene verificar en el DOE y en el portal tributario de la Junta tanto la lista actualizada de municipios como las cuantías y condiciones concretas, que varían entre convocatorias.

Fuentes oficiales

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