Cómo funciona en Valencia
El Ayuntamiento de València aprobó en diciembre de 2025 una ordenanza nueva de licencias urbanísticas y de actividades, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 27 de enero de 2026 y vigente desde el día siguiente. Ordena las obras de una vivienda en tres escalones, conforme a los artículos 232 y 233 del texto refundido de la ley valenciana de urbanismo. Sin ningún título quedan las actuaciones más ligeras: pintar, cambiar los muebles de cocina o los sanitarios, ensanchar puertas por accesibilidad, siempre que no se toquen las instalaciones. Con declaración responsable va la reforma interior que no altera la estructura, el cambio de distribución —con memoria técnica de un técnico que justifique la habitabilidad y la seguridad estructural—, la reforma de una fachada no catalogada y la sustitución de ventanas, para la que hay que aportar fotografías y justificar que se mantienen las características de las originales.
La licencia se reserva para sustituir o reponer elementos estructurales principales y para los edificios catalogados con trascendencia patrimonial, y aquí entra la pieza más útil del sistema valenciano: las entidades colaboradoras urbanísticas (ECUV). Con su certificado de conformidad, una obra estructural o el cambio de uso de un local a vivienda puede tramitarse por declaración responsable en lugar de esperar la licencia, y el Ayuntamiento tiene un trámite específico para ello. Sin certificado, la licencia de una reforma se resuelve en dos meses, tres si el edificio está catalogado, y el silencio solo es positivo en los supuestos que fija la ley, entre ellos el cambio de uso y las obras de estructura.
La tasa por actuaciones urbanísticas se autoliquida al presentar la solicitud y se calcula con una escala que arranca en 140,90 € para obras de hasta 6.010,12 €, con bonificaciones del 90 % para determinadas reformas de edificios de viviendas y del 50 % en el Cabanyal-Canyamelar. El ICIO es del 4 %: un baño de 9.000 € paga 360 €, con bonificaciones del 90 % si la obra es de accesibilidad y del 95 % para la energía solar. El contenedor de escombros solo exige comunicarlo y pagar 0,31 € por metro cuadrado y día; el andamio en la calle necesita licencia de ocupación y paga 5,66 € por metro cuadrado y mes, salvo que sirva solo para reparar o embellecer la fachada, que está exento.
Cuánto cuesta: tasa e ICIO
Tasa municipal. La tasa por actuaciones urbanísticas se paga por autoliquidación en el momento de presentar la solicitud de licencia o la declaración responsable; sin pago no se tramita. La cuota se calcula con una escala según el presupuesto de la obra (base imponible) que arranca en 140,90 euros para obras de hasta 6.010,12 euros. Existen bonificaciones de la cuota, por ejemplo del 90 % para determinadas actuaciones en edificios de viviendas y del 50 % en el Área de Rehabilitación del Cabanyal-Canyamelar. (ordenanza fiscal)
ICIO. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras es del 4 % del presupuesto de ejecución material. Bonificación del 90 % de la cuota para obras de acceso y habitabilidad de personas con discapacidad en la vivienda donde residen habitualmente, y del 95 % para la instalación de sistemas solares térmicos o eléctricos homologados. Hay además bonificaciones del 95 % para comercios emblemáticos y para determinadas obras por patologías constructivas en edificios catalogados. (ordenanza del ICIO) Puedes calcularlo con tu presupuesto en la calculadora del ICIO de Valencia, que también recoge el IBI y sus bonificaciones.
Plazos y silencio administrativo
Las licencias de obras de reforma se resuelven en el plazo de dos meses, y de tres meses si afectan a un edificio catalogado. En la declaración responsable no hay que esperar resolución: la obra puede empezar de forma inmediata desde que se presenta con toda la documentación, sin perjuicio de que el Ayuntamiento compruebe después. (fuente)
Contenedor y andamio en la calle
El contenedor de escombros se comunica al Ayuntamiento y paga una tasa de 0,31 euros por metro cuadrado o fracción y día. El andamio o la valla que ocupen la vía pública necesitan licencia de ocupación aparte y tributan a 5,66 euros por metro cuadrado de vía afectada y mes o fracción, con una reducción del 50 % en los andamios volados que no estorben el paso y exención cuando solo sirvan para reparar o embellecer fachadas. (fuente)
Cómo se presenta
El trámite se llama «Declaración responsable de obras de mantenimiento o reforma en vivienda o elemento común (edificio no catalogado), en la sede electrónica del Ayuntamiento de València» y se presenta en la sede electrónica del Ayuntamiento. Sí. Las entidades colaboradoras en materia urbanística de la Comunitat Valenciana (ECUV) pueden emitir certificados de conformidad que permiten tramitar con declaración responsable obras que, sin ellos, requerirían licencia.
Lo que conviene saber en Valencia
- Las ECUV (entidades colaboradoras urbanísticas) se rigen por la disposición adicional cuarta del TRLOTUP y por el Decreto 62/2020 del Consell; su certificado acelera el trámite y permite la declaración responsable en obras de estructura o cambio de uso. (fuente)
- Las actuaciones sobre edificios y ámbitos protegidos o catalogados con trascendencia patrimonial requieren licencia; la declaración responsable solo cabe cuando la actuación carece de trascendencia patrimonial. (fuente)
- Si el Ayuntamiento no resuelve la licencia en plazo, el silencio es positivo en los supuestos del artículo 233.2 a, c, d y g (entre ellos el cambio de uso y las obras de estructura); en el resto el silencio es negativo. (fuente)
El resto del expediente
La norma autonómica que fija qué obras van por licencia y cuáles por declaración responsable está en la ficha de licencias de obra en la Comunitat Valenciana. Si dudas de si tu obra es menor o mayor, la guía de obra menor y obra mayor explica los criterios, y la de licencia o declaración responsable, qué responsabilidad asumes al firmar la declaración. Para el coste de la obra en sí, la guía del presupuesto de una reforma.
Fuentes
- Ordenanza reguladora de licencias urbanísticas y de actividades y de otros títulos habilitantes del Ayuntamiento de València
- Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana (TRLOTUP), Artículos 232 (licencia), 233 (declaración responsable), 240 (plazos) y 242 (silencio)
- Régimen de obras en estructura, fachada o elementos comunes (incluidas ventanas exteriores)
- Ordenanza fiscal de la tasa urbanística de Valencia
- Ordenanza fiscal del ICIO de Valencia
- Ocupación de la vía pública por obras
- Declaración responsable de obras de mantenimiento o reforma en vivienda o elemento común (edificio no catalogado), en la sede electrónica del Ayuntamiento de València
Guía divulgativa basada en las ordenanzas vigentes a 12 de octubre de 2026. No sustituye la consulta al Ayuntamiento ni el criterio del técnico que firme la obra: la calificación final de cada obra la hace el servicio de urbanismo.