Ficha municipal Verificado 12 de octubre de 2026

Licencia de obra en Sevilla para reformar tu vivienda.

Sevilla no deja ninguna reforma fuera de trámite: hasta cambiar el baño o la cocina sin tocar la distribución exige una declaración responsable, aunque sin técnico. A cambio, la obra empieza el mismo día de la presentación, y la licencia queda para lo que aumenta el número de viviendas, como convertir un local.

Qué necesitas para cada obra

Reforma interior (baño, cocina, suelos, instalaciones) sin tocar estructura ni distribución

Declaración responsable

Cambiar suelos, alicatados, enlucidos y pintura, o sustituir aparatos sanitarios e instalaciones existentes (el cambio de baño o de cocina sin tocar distribución), se tramita con declaración responsable sin intervención de técnico, mediante el modelo 2 de la Gerencia de Urbanismo. No hace falta licencia.

Fuente oficial

Cambiar la distribución: tirar o levantar tabiques

Declaración responsable

Las obras de reforma de viviendas, que incluyen cambiar la distribución interior, se tramitan con declaración responsable acompañada de documentación técnica de técnico competente (modelo 5.1), siempre que no se alteren la ocupación, la altura, la edificabilidad ni el número de viviendas. En el Conjunto Histórico declarado, si la reforma afecta a todo el edificio, hay que pedir licencia. Solo sustituir o reparar tabiques sin alterar la distribución entra en la declaración responsable sin técnico.

Fuente oficial

Obras en estructura, fachada o elementos comunes (incluidas ventanas exteriores)

Declaración responsable

La consolidación de elementos dañados de la estructura o de la cimentación se tramita con declaración responsable con técnico competente, y no con licencia, mientras no cambie la ocupación, la altura, la edificabilidad ni el número de viviendas.

Fuente oficial

Obras en estructura, fachada o elementos comunes (incluidas ventanas exteriores)

Declaración responsable

Modificar la fachada, incluso sus huecos, se tramita con declaración responsable con técnico; en el Conjunto Histórico, si la reforma cambia de forma esencial la composición exterior, hace falta licencia. Cambiar carpinterías exteriores sin alterar las dimensiones de los huecos va por declaración responsable sin técnico, y quedan excluidos los edificios protegidos que exijan proyecto o las actuaciones de Patrimonio Histórico.

Fuente oficial

Obras en estructura, fachada o elementos comunes (incluidas ventanas exteriores)

Declaración responsable

El cierre de terrazas solo aparece en la lista de declaraciones responsables con técnico para edificios con licencia anterior al planeamiento vigente (septiembre de 2006); para el resto de edificios conviene consultar a la Gerencia de Urbanismo antes de empezar.

Fuente oficial

Cambio de uso de local a vivienda

Licencia

Convertir un local en vivienda aumenta el número de viviendas del edificio, y la ordenanza excluye de la declaración responsable las actuaciones que lo incrementan. Por eso el cambio de uso de local a vivienda se tramita por licencia urbanística, con proyecto técnico.

Fuente oficial

Andamio, contenedor o grúa en la vía pública

Declaración responsable

Colocar un contenedor o cuba de escombros en la vía pública se tramita con declaración responsable sin técnico (modelo 3). Los andamios de menos de 6 metros de alzada, en espacio público o privado, siguen el mismo régimen; los andamios más altos requieren declaración responsable con técnico.

Fuente oficial

Cómo funciona en Sevilla

Sevilla regula las obras con la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades (OROA), modificada por el Pleno en abril de 2025 y publicada en el BOP del 29 de ese mes, dentro del marco de la ley andaluza LISTA. Su sistema descansa en modelos de declaración responsable de la Gerencia de Urbanismo. El modelo 2, sin técnico, cubre cambiar suelos, alicatados, enlucidos, pintura, aparatos sanitarios e instalaciones existentes, es decir, el baño o la cocina sin tocar la distribución, y también las carpinterías exteriores si no se alteran las dimensiones de los huecos. El modelo 5.1, con documentación de técnico competente, cubre la reforma que cambia la distribución, la modificación de la fachada y de sus huecos y la consolidación de elementos dañados de la estructura, siempre que no cambien la ocupación, la altura, la edificabilidad ni el número de viviendas.

Ese último límite es el que manda a la licencia: la ordenanza y la ley andaluza excluyen de la declaración responsable las actuaciones que aumentan el número de viviendas, así que convertir un local en vivienda va por licencia con proyecto. En el Conjunto Histórico, una reforma que afecte a todo el edificio o cambie de forma esencial la composición exterior también necesita licencia, y el cierre de terrazas solo figura en la lista de declaraciones para edificios con licencia anterior a septiembre de 2006: en los demás, conviene preguntar a la Gerencia antes de empezar. La licencia se resuelve en tres meses, con silencio positivo salvo que contradiga el planeamiento, y tras una reforma general o un cambio de uso hay que presentar además la declaración responsable de ocupación con el certificado final de obra.

La tasa de servicios urbanísticos es del 1,85 % del coste de la obra, con un mínimo de 39,50 €, y sube al 2,37 % si la obra se legaliza después de empezada; las familias numerosas que reforman su vivienda habitual por menos de 40.000 € tienen una reducción del 50 %. El ICIO es del 3,22 %. Una reforma de 20.000 € paga, por tanto, 370 € de tasa y 644 € de impuesto. El ICIO tiene bonificaciones rogadas del 75 % para la energía solar, del 90 % para la accesibilidad y del 80 % para rehabilitar edificios protegidos. La cuba de escombros se declara aparte, con el modelo 3, y paga 58,30 € si no pasa de un mes.

Cuánto cuesta: tasa e ICIO

Tasa municipal. La tasa de servicios urbanísticos grava tanto la licencia como la declaración responsable de obras con un 1,85 % de la base imponible (el coste de las obras), con una cuota mínima de 39,50 €. Si las obras se legalizan después de haberse empezado, el tipo sube al 2,37 % con un mínimo de 183,45 €. Las obras de reforma de la vivienda habitual de una familia numerosa con presupuesto inferior a 40.000 € tienen una reducción del 50 % de la cuota. (ordenanza fiscal)

ICIO. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras es del 3,22 % del presupuesto de ejecución material. Bonificación del 75 % de la cuota para obras que tengan por objeto exclusivo incorporar sistemas solares térmicos o eléctricos de autoconsumo (salvo que sean obligatorios); del 90 % para actuaciones cuyo objeto exclusivo sea mejorar el acceso y la habitabilidad de personas con discapacidad; y del 80 % para la rehabilitación de edificios protegidos con niveles A, B y C que reúnan los requisitos de la ordenanza. Son bonificaciones rogadas, que se piden al presentar la autoliquidación, y exigen no tener deudas en periodo ejecutivo con la Hacienda municipal. (ordenanza del ICIO) Puedes calcularlo con tu presupuesto en la calculadora del ICIO de Sevilla, que también recoge el IBI y sus bonificaciones.

Plazos y silencio administrativo

La licencia debe resolverse y notificarse en un máximo de tres meses desde que se presenta la documentación completa; si vence el plazo sin resolución expresa, rige el silencio positivo, salvo que la ley estatal diga otra cosa y sin que se pueda adquirir por silencio ningún derecho contrario al planeamiento. Con declaración responsable no hay espera: el sello de registro de entrada marca el inicio de su eficacia y se puede empezar la obra desde el día de la presentación, con la documentación completa. (fuente)

Contenedor y andamio en la calle

La cuba o contenedor en vía pública necesita su propia tramitación (declaración responsable modelo 3) y paga una tasa de 58,30 € si la ocupación no pasa de un mes, 82,00 € si pasa de un mes sin superar dos y 100,00 € hasta tres meses. Los andamios, en vía pública o privada, pagan por metro cuadrado de superficie proyectada (longitud por altura): 1,20 € si la ocupación no pasa de un mes y 2,30 € si pasa de un mes sin superar dos. (fuente)

Cómo se presenta

El trámite se llama «Declaración responsable de obras sin técnico (modelo 2), de cubas (modelo 3) y de obras con técnico (modelo 5.1), presentadas ante la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente» y se presenta en la sede electrónica del Ayuntamiento. La Gerencia de Urbanismo puede apoyarse en colegios profesionales y en entidades urbanísticas certificadoras inscritas en el registro autonómico, que emiten certificados de adecuación urbanística con valor de informe técnico, tanto en licencias como en el control posterior de declaraciones responsables.

Lo que conviene saber en Sevilla

El resto del expediente

La norma autonómica que fija qué obras van por licencia y cuáles por declaración responsable está en la ficha de licencias de obra en Andalucía. Si dudas de si tu obra es menor o mayor, la guía de obra menor y obra mayor explica los criterios, y la de licencia o declaración responsable, qué responsabilidad asumes al firmar la declaración. Para el coste de la obra en sí, la guía del presupuesto de una reforma.

Fuentes

Guía divulgativa basada en las ordenanzas vigentes a 12 de octubre de 2026. No sustituye la consulta al Ayuntamiento ni el criterio del técnico que firme la obra: la calificación final de cada obra la hace el servicio de urbanismo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto pago de tasas e ICIO por una reforma de 20.000 € en Sevilla?

La tasa urbanística es el 1,85 % del coste, 370 €, y el ICIO el 3,22 %, 644 €: en total 1.014 €. Si eres familia numerosa y es tu vivienda habitual, la tasa se reduce a la mitad para obras de menos de 40.000 €.

¿Puedo poner una cuba de escombros en la calle en Sevilla?

Sí, con una declaración responsable sin técnico (modelo 3) y una tasa de 58,30 € si la ocupación no pasa de un mes, 82 € hasta dos meses y 100 € hasta tres.

¿Necesito licencia para convertir un local en vivienda en Sevilla?

Sí. La ley andaluza y la ordenanza solo admiten declaración responsable en los cambios de uso que no aumentan el número de viviendas, de modo que crear una vivienda nueva en un local va por licencia, con proyecto técnico.

Otras ciudades en la guía de licencias de obra por ciudad.