Diferencia ITE vs IEE
La ITE (Inspección Técnica del Edificio) es el documento clásico de evaluación del estado de conservación del edificio. Surgió en Cataluña en los años 90 y se extendió a otras CCAA. El IEE (Informe de Evaluación del Edificio) es la evolución estatal posterior, introducido por la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, que añade al diagnóstico técnico la evaluación de accesibilidad y la certificación energética del edificio. Hoy el IEE es el formato más extendido. Algunas CCAA mantienen la denominación ITE por razones históricas (en Cataluña se llama IITE).
Edad de obligatoriedad por CCAA
Cada CCAA fija su edad mínima y plazo de renovación. Esta tabla resume las situaciones más habituales:
| CCAA | Edad | Detalle |
|---|---|---|
| Cataluña | 45 años | IITE obligatoria desde 45 años de antigüedad. Trámite con CAATEEB o COAC. Decreto 67/2015. |
| Madrid | 30 años (Madrid capital, ordenanza 2018) | IEE obligatoria desde 30 años con renovación cada 10. Plataforma electrónica. |
| Comunidad Valenciana | 50 años | IEE obligatoria. Variabilidad municipal sobre exigencia y plazos. |
| Andalucía | 50 años (Sevilla y capitales) | IEE-A según ordenanza municipal. Sevilla, Málaga y Granada con ordenanza específica. |
| País Vasco | 50 años | IEE obligatoria. Coordinación con Inspección Técnica Construcciones del Gobierno Vasco. |
| Resto CCAA | 45-50 años | Cada CCAA y municipio fija su edad mínima. Consultar normativa local específica. |
Proceso y coste
Cinco pasos: (1) la comunidad de propietarios acuerda en Junta contratar técnico cualificado (arquitecto o arquitecto técnico); (2) visita al edificio para examen del estado de elementos comunes (fachada, cubierta, estructura, instalaciones, accesibilidad); (3) elaboración del informe con diagnóstico y propuestas correctoras si hay deficiencias; (4) firma electrónica del técnico (el mismo perfil de arquitecto o arquitecto técnico que integra la dirección facultativa cuando hay obra de por medio) y registro en organismo autonómico correspondiente; (5) entrega a la comunidad y al ayuntamiento. Plazo total 30-60 días. Coste 250-650 € para edificio estándar 4-6 plantas con 8-20 viviendas, repartido por cuota de participación.
Relación con licencia y ayudas
La ITE/IEE es requisito obligatorio para acceder a Next Generation Programa 3 (rehabilitación residencial integral), con cuantías escalonadas por tramo de ahorro acreditado de consumo de energía primaria no renovable (40 % subvención con tope 6.300 €/vivienda en el tramo del 30-45 %, hasta 80 % con tope 18.800 €/vivienda en el tramo ≥60 %). También es requisito para licencias de gran reforma o cambio de uso del edificio. Sin IEE vigente, las subvenciones públicas no se conceden y los notarios pueden requerir certificación específica en operaciones de compraventa. Detalle de la ayuda en Next Generation y de licencias en licencias municipales. Para la cédula de habitabilidad tras reforma, consulta cédula habitabilidad.