Ficha municipal Verificado 12 de octubre de 2026

Licencia de obra en Jaén para reformar tu vivienda.

Jaén es la ciudad más exigente del piloto con la reforma pequeña: cambiar solerías, azulejos, sanitarios o griferías ya requiere una declaración responsable, con memoria, presupuesto y el pago de la tasa y del ICIO. A cambio, casi todo lo demás —tabiques, ventanas, fachada— va por la misma vía, y la obra empieza el día de la presentación.

Qué necesitas para cada obra

Reforma interior (baño, cocina, suelos, instalaciones) sin tocar estructura ni distribución

Declaración responsable

En Jaén las reformas interiores de una vivienda, incluso las más sencillas como cambiar solerías, azulejos, sanitarios o griferías, se tramitan mediante declaración responsable con el modelo 12303-1 (obras que no requieren documentación técnica), sin esperar a ninguna resolución. La declaración debe ir acompañada de memoria descriptiva, presupuesto y justificantes de pago de la tasa y del ICIO.

Fuente oficial

Cambiar la distribución: tirar o levantar tabiques

Declaración responsable

Los cambios de distribución interior (levantar, mover o derribar tabiques) se tramitan mediante declaración responsable, justificando el cumplimiento de la normativa urbanística del uso al que se destine el inmueble. Si la tabiquería no afecta a la distribución, también basta declaración responsable.

Fuente oficial

Obras en estructura, fachada o elementos comunes (incluidas ventanas exteriores)

Declaración responsable

El cambio de ventanas y de carpinterías exteriores se tramita mediante declaración responsable, tanto si se mantienen las dimensiones de los huecos de fachada como si se alteran sin variar de forma esencial la composición exterior. Las obras sobre fachada, cubiertas y elementos estructurales puntuales también se declaran, pero según su alcance pueden exigir intervención de un técnico o proyecto.

Fuente oficial

Obras en estructura, fachada o elementos comunes (incluidas ventanas exteriores)

Licencia

Las obras de la lista de declaración responsable que se hagan fuera de suelo urbano consolidado o en edificaciones que no sean conformes con la ordenación urbanística requieren licencia municipal de obras. La instalación de un ascensor que afecte al volumen exterior del edificio también requiere licencia de obras.

Fuente oficial

Cambio de uso de local a vivienda

Declaración responsable

La ley andaluza somete a declaración responsable los cambios de uso de edificaciones o de parte de ellas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación, siempre que no se incremente el número de viviendas y el uso nuevo esté permitido por la ordenación. Si no se cumplen esos requisitos, hace falta licencia.

Fuente oficial

Andamio, contenedor o grúa en la vía pública

Autorización previa

Los contenedores, andamios y plataformas elevadoras en la vía pública requieren una autorización de ocupación de vía pública que hay que obtener antes y adjuntar a la declaración responsable de obras.

Fuente oficial

Cómo funciona en Jaén

No hemos localizado una ordenanza propia de licencias en Jaén: el régimen lo marcan la ley andaluza LISTA y el procedimiento 12303 de la Gerencia Municipal de Urbanismo, con su anexo de tipos de obra sometidos a declaración responsable. Y ese anexo no deja nada fuera. Las reformas interiores, incluso las más sencillas —cambiar solerías, azulejos, sanitarios o griferías—, se tramitan con declaración responsable, con el modelo que no exige documentación técnica, y hay que acompañarla de una memoria descriptiva, un presupuesto con mediciones por partidas y los justificantes de pago de la tasa y del ICIO; si falta algo, la declaración no surte efecto y la obra no puede empezar. La misma vía sirve para cambiar la distribución, justificando la normativa del uso, para cambiar ventanas y carpinterías exteriores, se mantengan o no las dimensiones de los huecos, y para las obras en fachada, cubiertas y elementos estructurales puntuales, con técnico o proyecto según su alcance.

La licencia entra en tres casos: las obras de esa lista que se hagan fuera del suelo urbano consolidado o en edificios no conformes con la ordenación, la instalación de un ascensor que afecte al volumen exterior y los cambios de uso que aumenten el número de viviendas, porque la ley andaluza solo admite declaración responsable cuando no lo hacen y el uso nuevo está permitido; convertir un local en una vivienda nueva, por tanto, exige licencia. Si la obra necesita otra autorización —de la Comisión Municipal de Patrimonio Histórico, de Cultura, de Medio Ambiente o de dominio público—, hay que adjuntarla al presentar la declaración. La licencia se resuelve en tres meses con silencio positivo, y la declaración permite empezar el día de la presentación, con un plazo de seis meses para iniciar la obra y dos años para terminarla.

La tasa por servicios urbanísticos es un porcentaje del presupuesto que depende de la categoría fiscal de la calle —el 0,9 % en la primera, el 0,8 % en la segunda, el 0,7 % en la tercera, el 0,6 % en la cuarta y el 0,4 % en la quinta—, con un mínimo de 80 €, y se paga igual con declaración que con licencia. El ICIO es del 3 %, uno de los más bajos del piloto, aunque su ordenanza no recoge bonificaciones para la reforma de una vivienda. Un baño de 8.000 € en una calle de tercera categoría paga 80 € de tasa, porque el 0,7 % no llega al mínimo, y 240 € de ICIO. Contenedores, andamios y plataformas necesitan una autorización previa de ocupación de la vía pública, que se adjunta a la declaración; el contenedor paga entre 7,36 y 17,85 € al mes.

Cuánto cuesta: tasa e ICIO

Tasa municipal. La tasa por servicios urbanísticos se calcula sobre el presupuesto de ejecución material con un mínimo de 80 euros, según la categoría fiscal de la calle: 0,9 % en la categoría 1.ª, 0,8 % en la 2.ª, 0,7 % en la 3.ª, 0,6 % en la 4.ª y 0,4 % en la 5.ª. Se abona la misma cuota cuando, en lugar de licencia, se presenta declaración responsable o comunicación previa. (ordenanza fiscal)

ICIO. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras es del 3 % del presupuesto de ejecución material. La ordenanza fiscal del ICIO fija un tipo general del 3 %, con un tipo reducido del 2 % para obras de nueva planta y rehabilitación al amparo de un programa público de fomento de vivienda y rehabilitación. El texto publicado en 2022 solo recoge exenciones para obras públicas del Estado, la Junta, la Diputación y el Ayuntamiento, y no incluye bonificaciones por eficiencia energética, accesibilidad o casco histórico. (ordenanza del ICIO) Puedes calcularlo con tu presupuesto en la calculadora del ICIO de Jaén, que también recoge el IBI y sus bonificaciones.

Plazos y silencio administrativo

La licencia urbanística debe notificarse en un máximo de tres meses desde que se presenta la documentación completa, y el silencio es positivo salvo que se adquieran facultades contrarias a la normativa urbanística. La declaración responsable faculta para ejecutar las obras desde el día de su presentación, si va acompañada de la documentación necesaria; autoriza a iniciar la actuación en un máximo de seis meses y a terminarla en dos años. (fuente)

Contenedor y andamio en la calle

La tasa por ocupación de la vía pública se paga por meses naturales y con un mínimo de un mes. Los contenedores tributan por unidad y mes según la categoría de la calle (entre 7,36 y 17,85 euros) y los andamios y vallas por metro y mes (entre 1,07 y 2,25 euros). La tasa se autoliquida al solicitar la ocupación. (fuente)

Cómo se presenta

El trámite se llama «12303. Declaración responsable para ejecución de obras (sede electrónica del Ayuntamiento de Jaén, con modelos 12303-1, 12303-2 y 12303-3 según la obra requiera o no técnico o proyecto)» y se presenta en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Lo que conviene saber en Jaén

El resto del expediente

La norma autonómica que fija qué obras van por licencia y cuáles por declaración responsable está en la ficha de licencias de obra en Andalucía. Si dudas de si tu obra es menor o mayor, la guía de obra menor y obra mayor explica los criterios, y la de licencia o declaración responsable, qué responsabilidad asumes al firmar la declaración. Para el coste de la obra en sí, la guía del presupuesto de una reforma.

Fuentes

Guía divulgativa basada en las ordenanzas vigentes a 12 de octubre de 2026. No sustituye la consulta al Ayuntamiento ni el criterio del técnico que firme la obra: la calificación final de cada obra la hace el servicio de urbanismo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto pago por reformar el baño en Jaén?

Una tasa urbanística del 0,4 al 0,9 % del presupuesto según la categoría de la calle, con un mínimo de 80 €, y el ICIO del 3 %. Para un baño de 8.000 € en una calle de tercera categoría: 80 € de tasa y 240 € de ICIO.

¿Puedo cambiar las ventanas en Jaén sin licencia?

Sí, con declaración responsable, tanto si mantienes las dimensiones de los huecos como si las alteras sin cambiar de forma esencial la composición de la fachada. Si la cambias de forma esencial, la declaración necesita proyecto técnico.

¿Necesito permiso para el contenedor en Jaén?

Sí: una autorización de ocupación de la vía pública, que hay que obtener antes y adjuntar a la declaración responsable de la obra. El contenedor paga entre 7,36 y 17,85 € al mes según la calle, con un mínimo de un mes.

Otras ciudades en la guía de licencias de obra por ciudad.