Cómo funciona en Alicante
La ordenanza de licencias urbanísticas de Alicante, en su quinta modificación publicada en el BOP del 7 de agosto de 2020, es de las más claras con las reformas domésticas: enumera la renovación de la cocina y la del baño, con sus revestimientos, alicatados, sanitarios, fontanería y electricidad, entre las obras que no necesitan ni licencia ni declaración responsable. La condición es una sola: no ocupar la vía pública. La redistribución no estructural del interior, como tirar o levantar tabiques, va por declaración responsable si no hace falta andamio ni grúa en la calle, igual que las obras que tocan la estructura sin sustituir sus elementos principales y el cambio de ventanas, carpinterías o persianas cuando la obra afecta solo a la fachada.
El andamio es el que cambia la casilla. Si la obra de fachada necesita andamio o grúa en la vía pública, deja de ser una declaración responsable y pasa a licencia de obra menor; si altera la composición exterior, la volumetría o el sistema estructural, o se hace en un edificio catalogado con trascendencia patrimonial, es licencia de obra mayor con proyecto. El cambio de uso de local a vivienda está sujeto a licencia, aunque con un certificado de conformidad de una entidad colaboradora (ECUV) se tramita como declaración responsable de efecto inmediato. La licencia se resuelve en dos meses; con declaración responsable la obra puede empezar desde que se presenta, pero debe iniciarse en tres meses y terminarse en seis.
Las cuentas son sencillas. La tasa de una obra menor o una declaración responsable es una cuota fija por superficie afectada: 31,83 € hasta 30 m², 63,65 € hasta 50 m² y 137,92 € entre 51 y 100 m². El ICIO es del 3,25 %, un tipo único desde la ordenanza fiscal de 2023 que suprimió los tipos reducidos del casco antiguo y del Área Central, con bonificaciones del 90 % para obras de accesibilidad y del 50 % para la energía solar, no acumulables: tirar tabiques en un piso de 80 m² con un presupuesto de 12.000 € supone 390 € de ICIO y 137,92 € de tasa. Ocupar la acera exige autorización previa; si queda un paso libre de 1,50 metros basta una declaración responsable ante Urbanismo, y la tasa va de 0,61 a 2,02 € por metro cuadrado y día según la calle, con un mínimo de 17 €.
Cuánto cuesta: tasa e ICIO
Tasa municipal. La tasa por tramitar una licencia de obra menor o una declaración responsable de obras es una cuota fija según los metros cuadrados afectados por la actuación: 31,83 euros hasta 30 m², 63,65 euros de 31 a 50 m², 137,92 euros de 51 a 100 m², 201,57 euros de 101 a 250 m² y 286,44 euros de 251 a 500 m², con escalones superiores hasta 806,28 euros para más de 1.000 m². Las obras mayores pagan una tasa distinta, según la superficie construida. (ordenanza fiscal)
ICIO. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras es del 3,25 % del presupuesto de ejecución material. Bonificación del 90 % para obras que favorezcan el acceso y la habitabilidad de personas con diversidad funcional en la vivienda donde residen habitualmente, y del 50 % para instalar sistemas solares térmicos o eléctricos de autoconsumo. Las bonificaciones no son acumulables entre sí. (ordenanza del ICIO) Puedes calcularlo con tu presupuesto en la calculadora del ICIO de Alicante, que también recoge el IBI y sus bonificaciones.
Plazos y silencio administrativo
La licencia de obra menor se resuelve en dos meses; las licencias de obra mayor, también en dos meses. En la declaración responsable la obra puede empezar de forma inmediata desde que se presenta con la documentación completa, y debe iniciarse en tres meses y terminarse en seis meses desde su inicio. (fuente)
Contenedor y andamio en la calle
Ocupar la acera con andamios, contenedores o materiales requiere autorización previa y paga una tasa por metro cuadrado y día según la categoría de la calle: 2,02 euros en la 1.ª, 1,62 en la 2.ª, 1,41 en la 3.ª, 1,21 en la 4.ª y 0,61 en la 5.ª, con una tasa mínima de 17 euros. Se paga antes de ocupar la vía. (fuente)
Cómo se presenta
El trámite se llama «Declaración responsable de obra menor, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante» y se presenta en la sede electrónica del Ayuntamiento. Sí. El Ayuntamiento ha regulado el funcionamiento de las entidades colaboradoras urbanísticas (ECUV) que pueden verificar la documentación de licencias y declaraciones responsables de obras mediante certificados de conformidad.
Lo que conviene saber en Alicante
- Una ECUV puede emitir un certificado de conformidad que convierte la licencia de obra menor en declaración responsable, con efecto inmediato. (fuente)
- Una declaración responsable de reforma debe iniciarse en tres meses desde que se adquiere la facultad y ejecutarse en seis meses desde su inicio. (fuente)
- El ICIO grava también las obras sujetas a declaración responsable o comunicación previa, se haya obtenido o no el título. (fuente)
El resto del expediente
La norma autonómica que fija qué obras van por licencia y cuáles por declaración responsable está en la ficha de licencias de obra en la Comunitat Valenciana. Si dudas de si tu obra es menor o mayor, la guía de obra menor y obra mayor explica los criterios, y la de licencia o declaración responsable, qué responsabilidad asumes al firmar la declaración. Para el coste de la obra en sí, la guía del presupuesto de una reforma.
Fuentes
- Ordenanza reguladora del procedimiento para el otorgamiento de licencias urbanísticas y ambientales y figuras afines del Ayuntamiento de Alicante (quinta modificación)
- Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana (TRLOTUP), Artículos 232 (licencia), 233 (declaración responsable) y 234
- Régimen de cambio de uso de local a vivienda
- Ordenanza fiscal de la tasa urbanística de Alicante
- Ordenanza fiscal del ICIO de Alicante
- Ocupación de la vía pública por obras
- Declaración responsable de obra menor, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante
Guía divulgativa basada en las ordenanzas vigentes a 12 de octubre de 2026. No sustituye la consulta al Ayuntamiento ni el criterio del técnico que firme la obra: la calificación final de cada obra la hace el servicio de urbanismo.